El Síndic de Greuges ha recomendado al Ayuntamiento de València que dé respuesta escrita a «la mayor brevedad posible» a un agente de la Policía Local que solicitó poder asistir de uniforme a los actos y marchas convocadas por el colectivo LGTBI. El agente presentó una queja en febrero porque el Ayuntamiento de València no le había contestado a su solicitud, de fecha 29 de junio de 2018, en la que requería autorización para poder participar en diferentes marchas y actos convocados por organizaciones del colectivo LGTBI con su uniforme reglamentario. El policía consideraba que la falta de respuesta «se equipara a una no autorización» y le impide desfilar o asistir con el uniforme que habitualmente usa en su trabajo, mientras que otros policías locales de España, como los de Sevilla y Barcelona, «sí lo pueden hacer». Por su parte, el Ayuntamiento explicó al Síndic que la instancia del agente se registró y generó un documento interno en el Servicio de Policía Local. Así, 29 de junio de 2018 se efectuó una comunicación a la Jefatura sin que diera lugar a ningún tipo de autorización. Asimismo, el consistorio recuerda que el Decreto 114/2005, de 17 de junio, del Consell de la Generalitat, regulador del sistema de homogeneización y homologación de la uniformidad de la Policía Local de la Comunitat Valenciana, establece en el artículo 6.2 que «queda prohibido, expresamente, a todos los componentes de los Cuerpos de Policía Local la utilización pública del uniforme, o de cualquier prenda del mismo, fuera de servicio o acto autorizado». Al respecto, el Síndic señala en su respuesta, que como defensor del pueblo valenciano «no discute si procede o no manifestarse, desfilar o pasear con el uniforme de policía local, ni si debía procederse a autorizar dicho uso o no». Eso sí, el Síndic comunica al consistorio que debe tramitar la solicitud y, razonadamente, darle una contestación «directa, rápida, exacta y legal».