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Siguen los embargos por conducir con la música alta

El Tribunal Superior de Justicia anuló parcialmente la ordenanza de contaminación por la falta de concreción del término «volumen alto»

Siguen los embargos por conducir con la música alta

El Ayuntamiento de València sigue embargando cuentas bancarias a personas que fueron sancionadas hace ocho años por llevar la música del coche elevada pese a que el Tribunal Superior de Justicia anuló en 2017 este artículo de la ordenanza de Contaminación Acústica por ambiguo. El ayuntamiento está tramitando la modificación del texto de la ordenanza para concretar, en cumplimiento del fallo, lo que se considera volumen excesivo, si bien la modificación aún no ha sido aprobada y no se puede sancionar este tipo de conducta.

A pesar de que las multas que se pusieron hace unos años por llevar la música alta serían ilegales, el consistorio sigue intentando cobrar las sanciones pendientes, como es el caso de G.G.F, que fue sancionado en 2013 con 2.400 euros por conducir con la música alta y las ventanas del coche abiertas. El recurso administrativo que interpuso contra la sanción fue desestimado, pero no llegó a la vía judicial, como sí hizo otro particular que en 2013 obtuvo una sentencia favorable que condenaba al ayuntamiento a devolverle los 2.400 euros impuestos por aparcar su coche en el paseo Neptuno con la música alta.

El infractor adujo que la falta de concreción del término «volumen elevado» generaba indefensión. El ayuntamiento recurrió y el Tribunal Superior de Justicia volvió a dar la razón al vecino, obligando al ayuntamiento a modificar el texto de la ordenanza.

El ayuntamiento devolvió las cantidades indebidamente cobradas a seis personas que las recurrieron por la vía del contencioso-administrativa, si bien las ha cobrado (o está en ello) a los que no lo llegaron a la vía judicial.

«El ayuntamiento me está acosando y embargando por una multa que es ilegal», asegura G.G.F., quien ha tenido que abrirse una cuenta en otra comunidad para depositar sus ahorros, aunque no ha podido evitar que el ayuntamiento le embargue la devolución de la declaración de la renta. Una multa que además no hace más que aumentar y que ha pasado de 2.400 a 3.200 euros por recargos.

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