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Una sentencia rechaza la indemnización millonaria a la UTE de la basura

El TSJ deberá dirimir ante la disparidad de interpretaciones jurídicas sobre el pago de compensaciones por parte de la Emtre

Planta de tratamiento de residuos de Quart de Poblet gestionada por la UTE Los Hornillos | GERMAN CABALLERO

Vuelco judicial en el contencioso de las basuras que enfrenta a la Entidad Metropolitana de Tratamiento de Residuos (Emtre), el organismo que aglutina a más de medio centenar de municipios de l’Horta, con la UTE Los Hornillos, una de las dos empresas concesionarias del servicio que explota la planta de tratamiento de Quart de Poblet. Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de València del pasado 1 de julio da ahora la razón a los municipios y evita a los mismos el pago de una indemnización millonaria a la citada empresa por la merma del volumen de basura registrado en los últimos años.

Esta sentencia dice lo contrario de la del juzgado número 1 de lo contencioso-administrativo de 2017, ratificada en 2019 por el Tribunal Superior de Justicia, que dio la razón a la UTE condenando a los ayuntamientos a indemnizar a la empresa con 8 millones de euros. Ahora se admite el argumento esgrimido por el Emtre, presidido por el concejal de Ecología Urbana del Ayuntamiento de València, Sergi Campillo. La magistrada considera como basura los residuos registrados en ecoparques, algo que hace dos años rechazó el juzgado número 1. La juez considera, además, en contra del criterio del magistrado del juzgado número 1, que no se puede indemnizar por un servicio no prestado como esgrime la UTE, en todo caso por el lucro cesante. En base a estos argumentos la indemnización a pagar se reduce ostensiblemente, en este último caso, a 11.000 euros.

La Emtre aportará ahora la sentencia que les da la razón al Tribunal Superior de Justicia para que lo tenga en consideración a la hora de valorar el recurso que presentó la entidad contra el auto que cifró en ocho millones de euros la indemnización a Los Hornillos.

La sentencia llega cuando el Emtre ya había dispuesto contablemente el pago a la UTE de dicha indemnización, proceso que no se paraliza en espera de que el TSJ se pronuncie nuevamente.

Hasta la construcción de la nueva planta de Manises en 2012 la UTE Los Hornillos tuvo el monopolio del tratamiento de la basura. Los pliegos de condiciones del servicio aprobados en 2005 fijaban un volumen de 400.000 toneladas anuales a tratar, cantidad que fue revisada y ajustada en 2013 para redistribuir las basuras entre la planta existente y la nueva de Manises. Un reajuste que la UTE de los Hornillos consideró lesivo para sus intereses tras haber invertido una suma millonaria en la renovación de sus instalaciones para poder tratar mayor volumen de basura.

La UTE de los Hornillos presentó varios recursos correspondientes a distintos años, que han ido a parar a distintos juzgados, para exigir a la Emtre compensaciones por la basura no tratada. El primer recurso que ganó la empresa correspondía a los años 2016 y 2019 mientras que el que ha perdido corresponde a los años 2014 y 2015. La empresa también ha ganado en primera instancia los recursos correspondientes a 2020 y 2013, recurridos por el Emtre. El contencioso, por tanto, aún tiene recorrido, si bien la Emtre confía en un cambio de criterio a raíz del fallo del juzgado 3.

La repercusión de la indemnización supondría en todo caso una subida significativa en la tasa Tamer, por la que los hogares pagan de media 150 euros al año. Además, si el TSJ mantiene su interpretación más dura, el coste a asumir por los consistorios podría elevarse a 20 millones.

La Emtre siempre ha mantenido que la estimación que se hizo en el año 2013 para el tratamiento de la basura se hizo por encima de la realidad, en concreto para un área metropolitana de dos millones de habitantes que apenas llega a 1,6.

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