Una vecina de València ya no tendrá que pagar una deuda que sube a 133.954 euros
La Ley de Segunda Oportunidad establece una serie de requisitos para la condonación de los créditos
saray fajardo. valència
Una vecina de València ha conseguido liberar todas las deudas acumuladas, tanto de entidades privadas como públicas y que ascendían 133.954 euros, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.
La mujer reconoce a Levante-EMV que «fue un proceso largo de casi tres años, en los que me sentí horrorizada al ver la cantidad de dinero que debía».
Esta vecina se puso en contacto con la Asociación de de Ayuda al Endeudamiento que, tras estudiar el caso, le aconsejó declararse insolvente y acogerse a esta ley. «En todo momento me indicaron todos los pasos y me pidieron pacienca», explica.
El Ayuntamiento de València se opuso a esta exiberación declarando que no procedía la liberación de los créditos públicos.
A pesar de ello, la justiciaseñaló que lo más justo era que esta deudora fuera exonerada de pagar ningún crédito, liberando el 100 % de las obligaciones.
«Un alivio y una tranquilidad»
La afectada destaca que «tras conocer la resolución fue un alivio y una tranquilidad» y reconoce que «los abogados me dijeron que tenía las de ganar porque ya habían tratado casos similares».
Señala que «es un tema desconocido en la sociedad, pero va teniendo más visibilidad, ya que yo ya he aconsejado a varias personas que contacten con la asociación». Desde Ayuda al Endeudamiento exponen que «el proceso fue largo y complejo porque el ayuntamiento estaba implicado». Sin embargo, los abogados destacan que «esta sentencia puede comportar mayor optimismo a personas que se encuentran en el mismo caso».
Reconocen que «ha habido un incremento de demanda tras la pandemia, ya que se suspendieron los plazos procesales, puesto que los juzgados solo trabajaban en temas necesarios y, por tanto, al reanudarse se ha producido un ‘boom’».
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento explica que hay que cumplir una serie de requisitos para conseguir la condonación definitiva de las deudas. Así, se debe acreditar la buena fe de la persona deudora, no tener antecedentes penales económicos y proponer un plan de pago acorde a sus ingresos financieros. Además, exponen que la persona interesada no puede haberse acogido a esta ley en los últimos diez años.
La asociación concluye que no es el primer caso en el que se gana la batalla frente a las instituciones públicas, ya que el pasado mes de mayo se produjo un caso con características similares en la Comunitat Valenciana.
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