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València

La nueva ordenanza del ruido limita el horario de las campanas de 8 a 22 horas

El Micalet queda exento de esta obligación por tratarse de un Bien de Interés Cultural

Impresionante estampa del Micalet de València.

La sección 5 del proyecto de ordenanza de contaminación acústica de València, en los artículos 47 a 52, establece una regulación muy específica y completa sobre las "Campanas y los toques de reloj", que hay en la ciudad. En especial están incluidos los de interés cultural y artístico que hay en la capital valenciana y en sus pueblos. Así, el artículo 48 determina que a todos los efectos el horario en el cual podrán sonar los toques de reloj será de 8 a 22 horas. "Estos toques serán sin repetición y con la recomendación de marcar la media con un solo toque". En cuanto a las campanas, el artículo 50, fija también de 8 a 22 horas, el horario en el que pueden sonar. Entre las excepciones que se han previsto, están las Campanas del Micalet, que quedan fuera de la regulación de esta Ordenanza al seguir sus propias normas y tradicionales reglas por su consideración como Bien Inmaterial de Interés Cultural por decreto del 2 de Agosto de 2013 del Consell. En cuanto a los toques permitidos se recogen en el Anexo IV y responden a la tradición de este arte musical. También hay otras excepciones, en lo que se refiere a los horarios aquí especificados, por ejemplo, el artículo 49, aclara que en Nochevieja el último toque será el de las 24 horas.

Así, el artículo 48, se especifica que los toques de reloj será de 8 a 22 horas. "Sin repetición y con la recomendación de marcar la media con un solo toque". En cuanto a las campanas, el artículo 50, fija idéntico horario.

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En el caso del Micalet se recomienda tocar de 8 a 24 horas. Si bien, se podrá hacer durante toda la noche sin repetición y tocando los respectivos cuartos. Por su parte, los relojes que disfrutan de una protección patrimonial por su valor histórico y etnológico tendrán que conservar su funcionamiento cuando no sea posible su modificación sin que sea afectado su mecanismo. La relación de los relojes que disfrutan de esta protección se encuentra en el Anexo IV.

En el caso del Micalet se recomienda tocar de 8 a 24 horas. Si bien, se podrá hacer durante toda la noche sin repetición y tocando los respectivos cuartos. Los relojes que disfrutan de una protección patrimonial podrán acogerse a excepciones.

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Tal como se especifica en la exposición de motivos, la nueva normativa municipal incluye una mención especial a las campanadas y toques de reloj. El motivo es que el Ayuntamiento de València ha detectado y gestionado "en los últimos años varias quejas y denuncias" en referencia a estas cuestiones "por el hecho que se superaban los límites que marcan las normas y la legislación en materia de contaminación acústica, por lo cual se hacía necesario incluir un articulado más amplio y preciso, agrupado dentro de un capítulo propio".

Los toques de las campanas y los relojes se han abordado desde un punto de vista patrimonial en la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica, que impulsa la delegación de Calidad Acústica y del Aire que dirige Giuseppe Grezzi. Se ha abordad así puesto que este bien, "aunque puede generar molestias puntuales proporcionan un beneficio en la comunidad". "Un bien patrimonial tiene que ser protegido, pero al mismo tiempo, tiene que estar delimitado para evitar, no solo excederse en los límites, sino para hacer valer los toques", argumentan los técnicos municipales. Por ello, es oportuno "regular estos toques, de forma que no sean una fuente de ruido sino un espacio sonoro de comunicación, identidad, historia y oración". Incluso, antes de que las Administraciones Locales tuvieran las competencias en el control del ruido, las autoridades eclesiásticas ya emitieron varios decretos para controlar la duración de los toques y el uso excesivo de estos. En tierras valencianas es conocido el Edicto sobre los toques de las campanas del Arzobispo Fabián Fuer en 1790, que obligaba bajo pena de excomunión mayor a que: “no se puede tocar al vuelo en las festividades solemnes sino en las vísperas de ellas...”; pero este vuelo no tiene que ser con todas las campanas, pero si con la moderación necesaria para que este toque no llegue a molestar y solo dure cinco minutos, y a la media hora otras cinco, y después parar las campanas, especifica el proyecto de ordenanza.

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