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El TSJ sentencia que el ayuntamiento puede regular los apartamentos turísticos

Le pide aclaración sobre la obligación de dejar 150 metros entre bloques de apartamentos y anula la limitación de la actividad a 60 días al año

Turistas en el centro de València. MIGUEL ANGEL MONTESINOS

Dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana han dado la razón al Ayuntamiento de València en su estrategia de control de los apartamentos turísticos que introdujo en el Plan Especial de Ciutat Vella (PEC). Así lo han asegurado fuentes de la Concejalía de Urbanismo tras conocer el fallo judicial referido a los recursos de la Asociación de Viviendas de Alquiler por Estancias Cortas de València y de Viutur-Asociación de Pequeños Propietarios, Gestores y Simpatizantes de Viviendas de Uso Turístico de la Comunidad Valenciana, , sentencias que reconocen que "el Ayuntamiento de València tiene plenas competencias para regular los apartamentos turísticos en el término municipal a través de los mecanismos de planeamiento". Los fallos judiciales, no obstantes, hacen algunas precisiones respecto a la normativa municipal. Por ejemplo, pide que se argumente la obligación de dejar 150 metros entre bloques de apartamentos turísticos y anula el artículo referente a las vivienda turísticas ocasionales porque considera que “no está motivado el límite de 60 días (al año), que solo sean personas ficticias y no jurídicas y que tengan que estar empadronados”.

Actividad terciaria

El TSJ, en línea con los argumentos esgrimidos por el consistorio, considera que la oferta de apartamentos turísticos es una actividad terciaria y, por lo tanto, requiere de una autorización expresa del ayuntamiento para operar en el mercado, por lo que ratifica las competencias de la administración local para seguir desarrollando las acciones que lidera la concejalía de Desarrollo y Renovación Urbana, explican las fuentes. 

En consecuencia, "confirma también el trabajo que está haciendo la concejalia al impulsar la elaboración de un estudio en profundidad que justifique el cambio en el planeamiento para evitar que los fondos buitre puedan comprar edificios enteros y echar a las personas que viven en ellos para convertirlos en hoteles o apartamentos turísticos, o para evitar la saturación de determinadas zonas”, ha explicado la vicealcaldesa y responsable de Urbanismo, Sandra Gómez. “Sabemos que es un tema urgente, pero las prisas pueden conducir a que el trabajo realizado sea anulado en los tribunales por eso estamos elaborando un estudio en profundidad para que la protección de los vecinos y vecinas de la ciudad sea férrea e indiscutible”, ha afirmado la Concejalía de Urbanismo en referencia a sus socios de Compromís, que piden urgencia en la adopción de medidas para el control turístico.

Por lo que se refiere a las salvedades emitidas por la sentencia, desde la concejalía aseguran que todas son reparables, destacando por encima de todo el hecho de que los tribunales reconozcan la competencia del ayuntamiento para regular la actividad turística. En este sentido, las fuentes citaron otro ejemplo, que es el dilema sobre la potestad de las comunidades de vecinos para tomar decisiones sobre la presencia o no de apartamentos. "La sentencia dice claramente que la competencias es del ayuntamiento", afirman.

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