Las leyes de bienestar animal no logran evitar la losa de alquileres de vivienda sin mascota

Las inmobiliarias detectan un aumento de los seguros complementarios por el posible destrozo que hagan los animales

Tener una mascota en una vivienda de alquiler sigue siendo muy complicado.  | FRANCISCO CALABUIG

Tener una mascota en una vivienda de alquiler sigue siendo muy complicado. | FRANCISCO CALABUIG / MOISÉS DOMÍNGUEZ. VALÈNCIA

Moisés Domínguez

Moisés Domínguez

Recibir una mascota como regalo de Navidad es recurrente. Y en los próximos días, la entrada de animales de compañía a los domicilios será un hecho que se multiplicará exponencialmente. Y si desde hace tiempo existe una campaña de concienciación a la hora de pensárselo, en atención sobre todo al posible abandono del animalito dentro de unos meses, existe otro factor a considerar y que no puede pasar desapercibido en el caso de vivir en régimen de alquiler: la revisión de si la vivienda está autorizada para disponer de perros, gatos u otra especie.

Las cifras son contundentes: son muy pocas las ofertas en el mercado inmobiliario que especifican la disponibilidad de mascotas en casa. En muchas otras hay prohibición específica y en otras un limbo que puede convertirse en una sorpresa desagradable: que no se especifique que «no se admiten mascotas» no quiere decir que estén autorizadas. Los portales son, números en la mano, contundentes en la ciudad de València. Idealista es el más benevolente: el once por ciento de las viviendas ofertadas especifican la posibilidad de tener animales de compañía. En Fotocasa no pasan del cuatro por ciento o en Ya encontré apenas lo autorizan explícitamente cinco viviendas de entre las casi 1.500.

Es sin duda una cortapisa importante, aunque no la única. La presidenta de la Asociación de Inmobiliarias de la Comunitat Valenciana, Nora García, asegura que «sigue habiendo variantes mucho más importante, obviamente, como el perfil económico». Pero en el caso de las mascotas, lo que se observa no es tanto un descenso brusco en la oferta, como un endurecimiento de las condiciones. «Lo que se ve cada vez más a menudo es la exigencia de un seguro complementario por los daños que puedan generar las mascotas». Que además son mayores si el piso es amueblado «o si se trata sobre todo de animales jóvenes». Los seguros complementarios se habilitan porque «por experiencia tenemos claro que los daños que puede generar un animal de compañía son muy superiores a una fianza».

Las nuevas leyes de bienestar animal no han cambiado la situación de los alquileres. Y así lo especifican las aseguradoras. En Generali Seguros, por ejemplo, recuerdan que puede se causa de rescisión de contrato. «Admitir animales en un piso es decisión del propietario, y se debe materializar por escrito. Y aunque no se mencione explícitamente en el contrato, y por tanto al inquilino no se le prohiba, el propietario podría resolver el contrato por otras vías. Según el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato si en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».

En las protectoras consideran que existe una contradicción con la ley. Amparo Requena, presidenta de la protectora Modepran, destaca que «si aceptamos que la mascota es parte de la familia, ¿cómo se entiende que su aceptación en un piso de alquiler quede condicionada al deseo del propietario? Dicho de otra manera, ¿cuando se alquila un piso pone como exigencia que no puede haber niños o bebés?. El problema existe y el debate es más que cuestionable». De hecho, esa condición de miembro de la familia es el argumento al que se recurre en la comparación. «Un perro te puede estropear una pared tanto como lo puede hacer un niño. Impedir es preocupante y dice poco de una sociedad avanzada. Ya empieza a haber sentencias en las que se habla de «familia multiespecie» y no es lógico, ni siquiera humano».

Otro aspecto que incide es el relacionado con la violencia de género: «aquella mujer no se va a una casa de acogida porque no puede ir con su mascota. No está prohibido, pero no está permitido, que no es lo mismo. Y esos animales son el único vínculo de afecto que tiene la mujer maltratada y hay veces que se resiste a irse de la casa donde está el maltratador, con las consecuencias que ha podido suponer»

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