El PP denuncia la ilegalidad de más de 500 plazas de zona azul en Russafa, Botànic y La Roqueta

Mundina asegura que las tenía que haber autorizado el alcalde y no la Concejalía de Movilidad de Giuseppe Grezzi

Zona azul en Antic Regne que luego se convierte en zona para residentes.

Zona azul en Antic Regne que luego se convierte en zona para residentes. / M. A. Montesinos

José Parrilla

José Parrilla

El concejal del Grupo Municipal Popular Carlos Mundina ha denunciado que el Ayuntamiento de València “ha implantado las nuevas plazas azules de estacionamiento de los barrios de Russafa, Botànic y La Roqueta prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y a través de un órgano manifiestamente incompetente como es la Delegación de Movilidad Sostenible, en lugar de Alcaldía, que es quien tiene atribuida esta competencia por delegación del Pleno municipal”.

Este hecho puede tener consecuencias para las arcas municipales, ya que los sancionados en estas zonas ilegales de aparcamiento de pago podrían recurrir las multas y eso obligaría a devolver miles de euros al ayuntamiento", explican desde el PP.

Por barrios

 Como desvela igualmente Carlos Mundina, “el Ayuntamiento de València delimitó, asimismo, incorrectamente el hecho imponible de la tasa por estacionamiento de vehículos en la vía pública (ORA), al no indicar en el anexo de la ordenanza fiscal correspondiente las nuevas calles donde ya se está cobrando (Russafa) o donde se va a empezar a cobrar (Botànic y Roqueta) esta tasa por estacionar vehículos de tracción mecánica”.

Entre los tres barrios, suman un total de 535 nuevas plazas azules. En el caso de Russafa, la Delegación de Movilidad Sostenible creó 300 nuevas plazas azules, pasando de las 288 que existían a las 588 actuales; en La Roqueta, 119, pasando de 64 a 183 plazas; mientras que en el Botànic el número de plazas azules actuales es de 116, redistribuyéndose en este último caso las existentes en las zonas con mayor actividad comercial.

Vicios de nulidad

Respecto al primero de los vicios de nulidad apuntados, “en el documento de delegaciones de facultades resolutorias de la Alcaldía y de la Junta de Gobierno Local no consta que la Delegación de Movilidad Sostenible tenga atribuidas las competencias para implantar zonas de estacionamiento regulado en la ciudad (azul, naranja y verde), que corresponden a Alcaldía por delegación del Pleno”, ha explicado Carlos Mundina.

A este respecto, el artículo 9.5 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público, señala que, “salvo autorización expresa de una Ley, no podrán delegarse las competencias que se ejerzan por delegación”. O, lo que es lo mismo, no se podrán delegar facultades que tiene atribuidas un miembro de la corporación, como es, en este caso, el alcalde, en ausencia de una norma habilitante”, ha continuado el edil Popular.

Ordenanza Fiscal

Así lo deja claro el artículo 2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública, en el que se dice que “las zonas a las que se  refiere  el  apartado  anterior  podrán  modificarse  por  Decreto  de  Alcaldía”.  En  el  mismo sentido, el Anexo VII de la Ordenanza de Movilidad de Valencia, sobre las condiciones de funcionamiento en las zonas de estacionamiento regulado, sostiene “el horario, la duración máxima   permitida   y  los  días  de   la   semana   de   aplicación   en   cada   zona   ven-drán determinados por la Alcaldía en función de las características de cada zona”.

A mayor abundamiento, el artículo 88.3 in fine de la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Valencia afirma que “teniendo en cuenta que las tres modalidades (zona azul, verde y naranja) pueden coexistir en las mismas vías, su implantación se realizará en función  de  las  necesidades  de  cada  barrio,  distrito  o  zona  tras  los  informes  técnicos pertinentes, la aprobación por Alcaldía y su posterior publicación en el BOP”.

Sin embargo, las resoluciones por las que se reordena el estacionamiento en Ruzafa, Botànic y La Roqueta, de fecha 30 de mayo, 9 de diciembre y 29 de diciembre de 2022, respectivamente, cuentan con la firma del Delegado de Movilidad Sostenible, pero no con la del alcalde, que es a quien le compete su aprobación, siendo, en consecuencia, nulas de pleno de Derecho, en virtud del artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.