El PSPV advierte de que el nombramiento del nuevo gerente de la EMT podría ser ilegal
Los socialistas consideran que los acuerdos tomados por el PP en la empresa municipal pueden haber incumplido la Ley de Sociedades Anónimas
Gómez denuncia ante la empresa la contratación de Martínez y la destitución de dos exdirectivas de la etapa del Rialto

La portavoz socialista Sandra Gómez ha advertido de posibles irregularidades en la EMT. / Fernando Bustamante
JM Vigara
Parte de los acuerdos tomados en el Consejo de Administración de la EMT del pasado 31 de julio de 2023 con la nueva corporación al mando, han sido ilegales y "nulos" de pleno derecho. Así lo ha denunciado la portavoz del PSPV Sandra Gómez que ha anunciado que la consejera socialista María Pérez ya ha presentado una denuncia ante la EMT, avisando que la destitución de la anterior gerente Marta Serrano, la designación del nuevo gerente Eduardo Martínez y el cese de la anterior directora de comunicación Jessica Martorell pueden ser acuerdos adoptados en el Consejo de Administración de forma ilegal, y por tanto, "nulos de pleno derecho". Según ha explicado Sandra Gómez, estos acuerdos deberían haberse tomado por mayoría absoluta según determinan la Ley de Sociedades Anónimas y los Estatutos de la EMT. Sin embargo, esas tres decisiones se adoptaron únicamente con los 3 votos de los consejeros del PP y con la abstención del resto de componentes del consejo, en representación de Compromís, PSPV y Vox.

La alcaldesa María José Catalá visitó las instalaciones de la EMT recientemente. / Fernando Bustamante
Gómez: O hay "mala fe" o "ineptitud" del gobierno del PP
Tal como explica el texto presentado ante la EMT, esta mercantil es una sociedad anónima y como tal viene regida por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, de la Ley de Sociedades de Capital. En dicho cuerpo legislativo establece en su artículo 248.1 que los acuerdos que deben de adoptarse por mayoría absoluta en el consejo de administración de la sociedad anónima. Su tenor literal establece que: “1. En la sociedad anónima los acuerdos del consejo de administración se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión.” Asimismo los propios estatutos de la EMT traslada el mandato de la propia ley en su artículo 19 que “los acuerdos se adoptaran por mayoría absoluta de los consejeros que presentes o representados concurran a la sesión”. No obstante, tras la lectura de las actas de los consejos de administración, María Pérez ha constatado que en estas reuniones "se ha incumplido esta norma ya que se han adoptado acuerdos por mayoría simple sin contar con la necesaria mayoría absoluta que así establece tanto la ley como los propios estatutos de la sociedad".
Sandra Gómez ha manifestado “desde un punto de vista político nuestra sorpresa porque, de confirmarse por el secretario municipal, podremos concluir que estos acuerdos van a ser nulos, van a tener que retrotraerse las actuaciones con unas consecuencias personales y económicas muy importantes”. “Y aquí puede haber dos opciones: que haya mala fe y engaño para ocultar la fragilidad del Gobierno de Catalá o que haya ineptitud por parte del PP y Jesús Carbonell”. Para aclarar lo sucedido y las consecuencias de esta situación, los socialistas van a exigir que se estudie jurídicamente. “Sinceramente estamos convencidos de la irregularidad y por eso lo hemos hecho público”, ha afirmado y ha explicado que “de confirmarse esta denuncia que hacemos desde la prudencia no tiene justificación y deberían de dar una explicación urgente ante las posibles repercusiones económicas y personales”.
Contestación del PP
Por su parte, fuentes del gobierno del PP han destacado que el secretario municipal presente en el Consejo de Administración de la EMT "considera correcta las votaciones realizadas y los nombramiento están elevados a escritura pública y el notario no puso objeciones". También se ha inscrito en el Registro Mercantil y "la registradora no puso objeciones". Además, recuerda el PP, "el PSOE en ese momento no impugnó el acuerdo y en la EMT todavía no han presentado la denuncia anunciada ante los medios". Por último en Derecho Mercantil, según la doctrina, "las abstenciones, votos nulos y votos en blanco no computan".
En esa línea, subrayan fuentes del gobierno local, el Secretario Municipal presente en el Consejo de Administración así como la vicesecretaria del Consejo de Administración "consideran correcta las votaciones realizadas, dado que se rigen en concordancia con la legislación que expone el PSOE en la denuncia recibida el 17 de octubre en la EMT a la 13:09".
En concordancia con la legislación por la que se rige la EMT, "el acuerdo al que refiere la denuncia fue adoptado por mayoría absoluta de votos emitidos. Y ello es así porque cuatro de los miembros del consejo de administración se abstuvieron de su derecho al voto. Y las abstenciones en voto según la doctrina de derecho mercantil, no contabilizan para las mayorías, así como tampoco lo hacen los votos nulos o blancos", añaden las mismas fuentes.
Por ello, en fecha 24 de agosto de 2023 la registradora de la propiedad "resuelve la inscripción total del nombramiento siendo todos sus extremos correctos, que previamente había sido elevado a público ante notario el cual también manifestó su conformidad el 3 de agosto".
Además, concluyen desde el PP, "no consta que ni la Señora Pérez, consejera por el PSOE en la EMT, ni ningún otro miembro del consejo de administración impugnara el resultado del acuerdo (el cual no tuvo ni un solo voto en contra) cuando se comunicó por el secretario que había sido aprobado en el transcurso de la sesión, ni que nadie tampoco impugnara el acta, ni tampoco ninguna impugnación en el plazo de 30 días desde la adopción del acuerdo, plazo previsto también en la ley de sociedades del capital", finalizan las mismas fuentes.
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