El ayuntamiento da el carpetazo definitivo a la macro-residencia en las naves de Guatla
La Junta de Gobierno rechaza el recurso de reposición de la promotora que quiere construir un centro hotelero en la Saïdia
La decisión del gobierno de Catalá aboca a la empresa a plantear batalla en los tribunales o un acuerdo extrajudicial

Panorámica de las naves de Guatla, donde la promotora quería construir un hotel. / M.A.Montesinos
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València, formada por los concejales de PP y Vox, aprobará hoy dar el carpetazo definitivo al proyecto que tiene una promotora para construir una macro-residencia en las antiguas naves industriales del carrer Guatla. En la resolución a la que ha tenido acceso Levante-EMV, la Junta de Gobierno, ha acordado "desestimar el recurso de reposición interpuesto por el representante legal de la mercantil Selacem S.L contra el acuerdo plenario de 23 de julio de 2024, por el que se acuerda la suspensión cautelar de la tramitación y del otorgamiento de licencias urbanísticas para la parcelación de terrenos, edificación y demolición, en el ámbito físico ocupado por el patio de la manzana conformada por las calles Sagunto, Padre Urbano, Luz Casanova y San Bruno, así como a la calle Guatla que sirve de acceso a dicho patio, por los motivos aducidos en el Fundamento de Derecho Sexto de este acuerdo".
En la práctica, esto supone que el consistorio no tiene en cuenta el recurso presentado por la empresa y agota la vía administrativa en primera instancia, de modo que ahora, la promotora si quiere seguir adelante con su plan para hacer un hotel-residencia de estudiantes, tendrá que recurrir al contencioso-administrativo por la vía judicial. Otra cosa será que el gobierno municipal y la promotora lleguen a un acuerdo extrajudicial y se compense a la empresa con solares o propiedades en otros puntos de la ciudad.
Catalá comparte el criterio de Ribó-Gómez
El gobierno municipal del PP, liderado por María José Catalá, tiene el mismo criterio en este asunto que el de Joan Ribó (Compromís) y Sandra Gómez (PSOE), exvicealcaldesa y concejala de urbanismo. Y este criterio es que en esa manzana no se puede ni se debe levantar una gran construcción hotelero-turística sino que se deben proteger las naves industriales y darles un uso dotacional para prestar servicios a los vecinos de la Saïdia.
En la resolución citada, los servicios jurídicos municipales explican que a raíz de la detección de la carencia de dotaciones en el distrito de Zaidía y específicamente en el barrio de Sant Antoni, "se han iniciado dos expedientes de planeamiento: el Plan Especial Área Funcional 5 "Tendetes-Marxalenes-Zaidía”, pendiente de adjudicación la redacción del proyecto, y el Plan de Reforma Interior de la Calle Guatla-Doctor Oloriz-Just Ramírez-Vicente Peris, en el que se identificó una manzana, delimitada por la Calle Sagunto, la Calle Luz Casanova, la Calle San Bruno y la Calle Padre Urbano, en el interior de la cual podría ubicarse una nueva dotación pública, así como una zona verde de proximidad, a través de una operación de regeneración urbana que solucione estas carencias, además de poner en valor la antigua acequia de Rascanya. Por otra parte, el barrio de Tormos, dentro de la misma Área Funcional 5 y colindante con el barrio de Sant Antoni, presenta unos estándares de zonas verdes muy por encima de la media, aunque algunos de ellos están sin ejecutar, por lo que los técnicos del Servicio de Planeamiento, en aras de redistribuir las zonas verdes, las parcelas dotacionales y la edificabilidad prevista en el Área Funcional nº 5 para satisfacer las necesidades de ambos barrios, mejorar la calidad de vida de los mismos y posibilitar a través del planeamiento la gestión del suelo necesario, se encuentran estudiando el ámbito para una posterior redacción del correspondiente instrumento de planeamiento que armonice el interés general de la ciudadanía consistente en la mejora de las dotaciones públicas de los barrios más infradotados como es el barrio de Sant Antoni, con el ordenamiento jurídico vigente".
El objetivo es implantar "dotaciones públicas"
Por último, en lo relativo a la alegación que plantea la mercantil Selacem S.L, que argumenta que el acuerdo es contrario a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM). Los técnicos municipales indican que el objeto de la medida cautelar adoptada, la suspensión de licencias en esta manzana, "no es en modo alguno imponer limitaciones al desarrollo de actividades económicas, porque el acuerdo plenario no está específicamente dirigido a suspender las licencias relativas a un determinado uso urbanístico que habilite para el ejercicio de tales actividades económicas (como pudiera ser el caso de los usos terciarios hoteleros, que por otra parte ya habían sido suspendidos anteriormente por acuerdo plenario de 28 de mayo de 2024), sino que suspende con carácter general la ordenación urbanística de un determinado ámbito físico, con el objeto expresamente declarado de “facilitar el estudio de la reforma de la ordenación urbanística que permita la implantación de dotaciones públicas en el citado ámbito” (punto primero del acuerdo plenario de 23 de julio de 2024)".
De hecho, subraya la resolución que debe aprobar la Junta de Gobierno, "resulta que la totalidad las parcelas edificables existentes en el ámbito físico objeto de suspensión se incluyen en la zona de calificación urbanística “Ensanche (ENS-1)” por el PGOU de València, que les atribuye un uso específico “residencial plurifamiliar”, y es este uso residencial el que la modificación en estudio pretende sustituir, en todo o en parte, por usos dotaciones públicos que vengan a compensar las carencias dotacionales detectadas en esta zona. Por todo ello, "no concurre en el presente caso el supuesto de hecho previsto en el artículo 5.1 de la LGUM, que no es otro que “limitar el acceso a una determinada actividad económica o su ejercicio”, pues no es este el objeto de la suspensión del otorgamiento de licencias acordado, de tal forma que dicha norma jurídica no resulta de aplicación en este concreto supuesto".
En todo caso, y aunque se considerara aplicable al presente supuesto la LGUM "ya hemos señalado anteriormente que el acuerdo plenario de suspensión de licencias se encuentra vinculado al expediente de planeamiento denominado “Plan de Reforma Interior de la Calle Guatla-Doctor Oloriz-Just Ramírez-Vicente Peris”, en el que consta que ya que desde el año 2018 "queda acreditada la carencia de dotaciones públicas de proximidad en el barrio de Sant Antoni, así como la descompensación de los estándares dotacionales en los barrios incluidos en el distrito de Zaidía, situación que este Ayuntamiento pretende remediar mediante la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias y el estudio de una nueva ordenación urbanística que permita la implantación de dotaciones públicas en el citado ámbito".
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