El Ayuntamiento de València ya ha devuelto el IBI a más de mil afectados por la dana
Se ha activado un "trámite sencillo" al que ya se han acogido 1.699 vecinos de las pedanías del sur

La pedanía de la Torre ha sido la más afectada de la ciudad de València. / Miguel Ángel Montesinos
Tras la activación el pasado 9 de diciembre del trámite específico para que, mediante la presentación de una sencilla instancia confeccionada al efecto, las personas afectadas con daños por la dana de las pedanías del Sur de València puedan solicitar la exención y devolución inmediata del IBI del ejercicio 2024, han sido 1.699 las solicitudes presentadas hasta el 24 de enero de 2025.
La concejala de Pedanías, Hacienda y Presupuestos, María José Ferrer San Segundo, ha dado a conocer los datos tras las primeras semanas desde la puesta en marcha de la medida que concierne a tanto los vecinos de La Torre, el Forn d’Alcedo y Castellar-l’Oliveral, como a los de las restantes pedanías del Sur cuyos inmuebles se hayan visto afectados con daños por la dana.
Trámite simplificado
“Pese a haber coincidido con las fechas navideñas, son casi 1.700 los vecinos y vecinas que han hecho uso del trámite que hemos simplificado al máximo para facilitar la devolución del IBI de 2024”, ha apuntado la también primera teniente de Alcaldía. En este sentido, la solicitud de exención del IBI se ha instrumentado de forma sencilla, y sólo es necesario firmar la instancia en la que la persona afectada indica su número de cuenta y manifiesta, mediante declaración responsable, que se cumplen los requisitos exigidos por el Gobierno de España, “que es el que tiene las competencias para regular y conceder la exención”, ha indicado la delegada.
Ferrer San Segundo ha recordado que la solicitud puede gestionarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València, presencialmente en las oficinas de GTI-Gestión Tributaria Integral situadas en la planta baja del Ayuntamiento, en los registros municipales, o en las propias Oficinas de Atención Temporal por la dana situadas en las pedanías de La Torre, Castellar-l’Oliveral y el Forn d’Alcedo, que remiten la documentación presentada al Servicio de Tesorería de la Delegación de Hacienda, que es el encargado de tramitarlas.
Distintas fórmulas
De las 1.699 solicitudes registradas hasta el 24 de enero, 662 han sido presentadas electrónicamente, 980 de forma presencial con atención preferencial en los registros municipales y 57 en las oficinas de GTI-Gestión Tributaria Integral situadas en la planta baja del Ayuntamiento, lo que permite a las personas atendidas llevarse consigo, en ese mismo momento, el justificante de la concesión de la exención y de la propuesta de devolución o de anulación del recibo.
Según ha indicado la concejala, “el abono por transferencia de la devolución llega a los pocos días a la cuenta de los solicitantes, pues se ha dado carácter preferente a estas devoluciones, que ya ascienden a 366.448 euros correspondientes a 1.064 recibos devueltos. Es decir, ya hemos devuelto el 62,5% de los recibos del IBI a los vecinos y comerciantes que lo han solicitado”.
Por el momento, se ha abierto un total de 1.310 expedientes (que pueden llevar asociados más de una instancia por haber presentado la persona interesada tantas instancias como recibos de IBI), de los cuales 799 ya están resueltos con devolución, 68 con propuesta de resolución y 443 en proceso de resolver.
Cita previa
Según ha destacado Ferrer San Segundo, “se ha previsto un sistema de cita previa específico para la ‘atención dana’, activándose, además, un turno especial de atención tributaria ‘preferente dana’, también, para quien acuda sin cita previa”, ha indicado la primera teniente de Alcaldía.
La concejala ha recordado que es el Gobierno Central el que tiene las competencias normativas para regular la exención en el IBI. Y ha manifestado que, “como ya se ha censurado desde que se dictó, el Real Decreto-Ley 6/2024, establece unos requisitos excesivamente rígidos para conceder la exención en el IBI, que, desde luego, no tiene en cuenta las particularidades de las pedanías afectadas”.
En concreto, ha explicado Ferrer San Segundo, en el artículo 12 del Real Decreto, “se exigiría para poder obtener la exención, no sólo que se trate de inmuebles que hayan sido dañados como consecuencia directa de la dana, sino también que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños”.
La primera teniente de Alcaldía ha reiterado que “el gobierno municipal que preside la alcaldesa María José Catalá vuelve a reclamar al Gobierno de España más flexibilidad y amplitud en la aplicación de los requisitos del Real Decreto; así como, mayor sensibilidad con las víctimas de la dana para que puedan acogerse a la exención también en el IBI del 2025”.
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