València prorroga por quince años más la concesión administrativa a los mercaditos
En València hay 700 puestos autorizados que ejercen la venta no sedentaria

Un mercadillo en València en imagen de archivo / Levante-EMV
La Concejalía de Comercio y Mercados ha comenzado el procedimiento para prorrogar por un período de 15 años más los permisos para los mercados extraordinarios fijos de València, un período que caducaba el 12 de septiembre de este año.
Los mercados extraordinarios fijos son mercados que se celebran de lunes a sábado en lugares designados por la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta no Sedentaria y venden productos no comestibles. Actualmente, y según los datos de la Concejalía, hay 700 puestos que ejercen la venta no sedentaria en la ciudad de València.
La autorización municipal obliga a las personas interesadas a cumplir con carácter previo a la concesión de la prórroga el requisito de ser mayor de edad, de tener permiso de residencia y trabajo en caso de tener ciudadanía extracomunitaria, no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de València y estar al corriente de las cotizaciones a la Seguridad Social. Con posterioridad a la prórroga o transmisión del derecho de venta a los mercados extraordinarios, las personas interesadas deben inscribirse en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria, en el régimen correspondiente de la Seguridad Social en el caso de las personas que se incorporan por primera vez, subscribir un seguro de responsabilidad civil, disponer de unas instalaciones conformes con la ordenanza municipal y cumplir con el resto de requisitos de aplicación.
Todas estas circunstancias deben acreditarse ante el Ayuntamiento de València por vía presencial en los registros municipales, por vía telemática en la sede electrónica o por cualquiera de los medios previstos en la ley. El plazo de solicitud de permiso o prórroga de la actividad de venta en mercados extraordinarios comienza el 20 de enero y finaliza el 20 de febrero. Las nuevas autorizaciones individuales derivadas de la prórroga o de la transmisión tendrán efecto a partir del 13 de septiembre de 2026 y finalizarán su vigencia el 12 de septiembre de 2041.
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