Demandan al Ayuntamiento de València por permitir "discotecas falleras" en un edificio residencial
Una inspección policial encontró a 665 personas en fiestas de día y noche. El ascensor olía a quemado
El consistorio ordenó el cese de actividad para una sola vivienda y cuando ya habían terminado las Fallas
El único piso habitado del bloque habla de "sala de fiestas vertical" y reclama su cierre cautelar para 2026

El edificio convertido en «sala de fiesta vertical», según los vecinos, en la Plaza del Ayuntamiento número 2 / Miguel Ángel Montesinos
Los propietarios de una vivienda ubicada en el número 2 de la Plaza del Ayuntamiento han interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra el consistorio de València por permitir que se celebren fiestas ininterrumpidas durante Fallas en buena parte de los pisos de este inmueble. El escrito de la parte demandante, al que ha tenido acceso Levante-EMV, empieza explicando que las actividades realizadas son incompatibles con el uso residencial, y que estas suponen un “grave peligro para la vida e integridad de las personas y para la seguridad del edificio”, peligro del que “es conocedor el consistorio”.
Según se denuncia, la actividad consiste en la transformación de la práctica totalidad de las viviendas de la comunidad de propietarios en restaurantes/discotecas durante las fiestas. “Pero dicha actividad no es ocasional o aislada, está perfectamente institucionalizada a través de distintas mercantiles que comercializan dichos espacios y actividades cubriendo todas las fases del ciclo económico”.
Los representantes legales del piso afectado, en pleno centro de València, indican que los promotores publicitan publicitan estas viviendas como espacios hoteleros, venden entradas a través de internet, “cocinan paellas en distintos lugares del edificio, contratan personal de hostelería para servir las comidas y bebidas que suministran en cada una de las viviendas”, y además “ofrecen servicio de fiestas nocturno donde, quienes acceden a la comunidad con su ticket, pueden disfrutar de música y bebidas alcohólicas hasta altas horas de la madrugada”.
“Todo ello se realiza en un edificio residencial que no pasa de ser una comunidad al uso con su pequeño zaguán, y que desde final de febrero a final de marzo se transforma en un gran restaurante y sala de fiestas vertical”, señala el escrito. Esto se traduce en largas colas para acceder al piso o “molestias a altas horas de la madrugada debido a la música a gran volumen, al consumo de bebidas alcohólicas y a la gente que salta y baila en las viviendas convertidas en discotecas”.
El demandante apoya su queja en un informe de la Policía Local que recoge, efectivamente, los trastornos denunciados. Entre otras cosas, el informe policial afirma que “es conocido el gran número de personas que acuden a este inmueble”. Explica que el pasado 3 de marzo, una inspección exhaustiva detectó “una gran multitud de personas haciendo cola en la puerta para entrar”. Que “en todas las viviendas inspeccionadas y arriba reseñadas se realizaban eventos de catering”, y “ninguna posee licencia de actividad para la realización de este tipo de actos ni, en su mayoría, licencia de actividad para oficinas”.
La Policía Local contabilizó ese día 665 personas en el inmueble a falta de los invitados en tres pisos –el edificio tiene diez plantas y dos o tres pisos por altura– . Y precisa el informe que el ascensor tenía “una actividad constante sin descanso y cierto olor a quemado”. Finalmente, el documento precisa que “no existe en el edificio, ya que la mitad superior del mismo debería ser de uso residencial, ni tan siquiera licencias de actividad como oficinas legalizadas en la mitad inferior, ni plan de evacuación y de emergencias para este tipo de actividades en todo el inmueble, observándose por parte de los actuantes un riesgo considerable para el edificio, instalaciones y personas en su interior en caso de emergencia mientras se sigan realizando este tipo de eventos con aglomeración masiva”.
El demandante agrega que la denuncia de los hechos se realizó en enero de 2025 y la Policía constató el riesgo el 3 de marzo, pero dictó resolución de incompatibilidad insubsanable el día 20 de marzo de 2025, fecha inmediatamente posterior a la conclusión de las ‘mascletaes’ que se disparan frente al edificio. Además, según el escrito, el consistorio dictó la limitación de la actividad festiva a una única puerta del edificio, “cuando tenía constancia de que el uso se extendía a la totalidad de las plantas”.
Cese inmediato
Por todo ello, habida cuenta de que los promotores ya ofrecen las viviendas para las Fallas de 2026, en el único piso con actividad verdaderamente residencial solicitan al juez medidas cautelares de urgencia con el cese inmediato de comercialización y la realización de la actividad de restaurante y/o discoteca en todas las puertas del edificio. En su defecto, la representación legal solicita que se oficie al consistorio para ordenar el referido cese y prohibir la realización de tales actividades, de forma inmediata.
La comercialización de inmuebles en el centro para un uso distinto al residencial en Fallas es habitual. El año pasado, en el número 19 de la Plaza del Ayuntamiento, el consistorio ordenó el cese de la actividad de catering y balcón para ver la mascletà en uno de los pisos del edificio tras más de 5 años de protestas vecinales y sendos informes de Bomberos y Policía Local alertando sobre el riesgo y la actividad irregular.
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