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La Fiscalía pide el archivo definitivo de la causa contra Ribó por la construcción de la Piscina de Alboraia

Considera que la construcción de dos campos de futbol, un pabellón semicubierto, un trinquet y el vaso de agua cubierto es una irregularidad administrativa, pero no penal

Joan Ribó, en una comparecencia en la Ciudad de la Justicia, en una imagen de archivo.

Joan Ribó, en una comparecencia en la Ciudad de la Justicia, en una imagen de archivo. / Eduardo Ripoll

València

El Fiscal delegado de Medio Ambiente de la Fiscalía Provincial de València, Joaquín Baños, ha solicitado el sobreseimiento libre (definitivo) para el exalcalde de València, Joan Ribó, por la construcción de la piscina de Alboraia en terrenos no urbanizables de València. También pide archivar el conjunto de la causa, aunque en este caso provisionalmente (podría retormarse la investigación, en caso de encontrar nuevos indicios).

Así consta en el escrito remitido al Juzgado de Instrucción 19 de València, que investiga desde 2023 un presunto delito de prevaricación por la construcción por parte del Ayuntamiento de Alboraia de una piscina en una parcela propiedad del Ayuntamiento de València, en suelo clasificado como no urbanizable, en el polígono San Lorenzo.

Tras reclamar documentació a ambos consistorios, que llegó incompleta, la Fiscalía decidió presentar denuncia ante un juzgado "para culminar la investigación iniciada, pero sin que ello supusiera adelantar ningún tipo de presunta responsabilidad penal", alega el representante del Ministerio Público.

Defectuosa planificación

Tras recibir la documentación de la construcción de la piscina y de la situación urbanística de las parcelas, propiedad del Ayuntamiento de Alboraia pero ubicadas en término municipal de València, el fiscal concluye que "puede colegirse la existencia de una defectuosa planificación urbanística llevada a cabo en los años 80 del siglo pasado, y que dio lugar -dado el carácter marginal de la parcela objeto del litigio situada en un extremo del término de Valencia- que la construcción por el ayuntamiento de Alboraia de un campo de futbol, seguido, en los años siguientes de otro campo de futbol, un pabellón semicubierto, un trinquet y una piscina cubierta, invadiera en una porción ínfima el termino de València".

Una irregularidad administrativa y urbanística en la que la Fiscalía no ve delito. "Es plausible que, si el Ayuntamiento de Alboraia tenía la expectativa de inclusión en su término de la porción de parcela perteneciente a València, y tenía prevista la continuidad en la construcción de su complejo deportivo, que se incluyera en su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), aun a sabiendas de que formalmente todavía no se hubiera incorporado. Esta inclusión, por muy anómala que pueda resultar en términos administrativos, no puede ser constitutiva de delito".

Por tanto, concluye el representante del Ministerio Público, "las parcelas se encuentran en una situación anómala y formalmente irregular, y desde luego su situación planimétrica no responde a la realidad, y la solución pasa por resolver los expedientes de segregación [de los términos municipales de València y Alboraia] iniciados ya hace años, pero en ningún caso quedan perfilados los elementos objetivos, y sobre todo de culpabilidad exigidos en los tipos penales que se imputan, interesando por ello, el sobreseimiento provisional".

La Fiscalía también ha pedido el sobreseimiento definitivo de la causa, no solo de la acusación a Joan Ribó, atendieno a los mismos criterios.

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