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El TSJCV rechaza el recurso de los extrabajadores de La Marina para frenar la disolución del Consorcio Valencia 2007

El tribunal no entra a valorar la liquidación del ente y avala la adjudicación del Puerto para la gestión de La Marina Norte

La Marina de València

La Marina de València / Miguel Ángel Montesinos / LEV

Pablo Plaza

Pablo Plaza

València

No ha surtido efecto, por el momento, el intento de los extrabajadores del Consorcio Valencia 2007 de frenar lo que consideran la "privatización" de La Marina de València. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso que una quincena de exempleados del extinto ente público habían interpuesto contra la concesión otorgada por la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) para la gestión de la Marina Norte, adjudicada a la UTE formada por Serveis Marítims Port Eivissa, S.L. y Ocibar, S.A.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal valenciano rechaza el recurso al apreciar "desviación procesal". La magistrada ponente, Mercedes Galotto López, expone que la mayor parte de los argumentos de los recurrentes iban dirigidos contra la disolución del Consorcio Valencia 2007 -el ente público que integraban el Gobierno central, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de València-, y no contra el acto administrativo efectivamente impugnado: la resolución de adjudicación de la concesión para la Marina Norte. "No existe concordancia entre lo que constituye el objeto de recurso (…) y las alegaciones formuladas referidas a la nulidad del acuerdo de disolución del CV2007", razona la sala en la sentencia, contra la que cabe recurso de casación.

En consecuencia, la Sección Quinta rechaza de plano los motivos dirigidos contra la liquidación del consorcio, la reversión de los bienes de dominio público portuario a la APV o la supuesta falta de competencia de ésta para convocar el concurso. Tampoco entra a valorar las reclamaciones de subrogación de los trabajadores ni las presuntas irregularidades en ese proceso, al entender que exceden el objeto del pleito.

En lo que se refiere a la adjudicación propiamente dicha, la sala respalda la actuación de la autoridad portuaria. La resolución concluye que se cumplieron todos los trámites exigidos por la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. La Comisión Técnica evaluó las tres propuestas presentadas -entre ellas la de la UTE finalmente adjudicataria, que obtuvo 97,25 puntos- y el Consejo de Administración de la APV seleccionó la oferta sin que el tribunal aprecie irregularidades en el proceso.

La sala descarta igualmente los reproches sobre la falta de transparencia en el procedimiento y sobre el diseño del sistema tarifario. Los recurrentes alertaban de que las tarifas de los amarres podían incrementarse hasta un 300% respecto a las que abonaban al consorcio, y denunciaban que en el concurso no se habían especificado las bajas presentadas respecto a las tarifas máximas ni la política de descuentos. El tribunal, no obstante, rechaza la legitimación activa de los extrabajadores del CV2007 para impugnar estos extremos al no ostentar un interés directo, actual y real en la concesión de dominio público portuario, tal y como exige la normativa.

La sentencia condena además en costas a los recurrentes, con un límite de 2.000 euros. El fallo se enmarca en un conflicto de mayor alcance: la Marina Norte quedó sin gestor público tras la disolución del Consorcio Valencia 2007, acordadaen 2022 después de que el Gobierno asumiera la deuda del ente. Los bienes de dominio público portuario revirtieron a la APV en 2024 y, en materia laboral, los trabajadores afectados impugnaron el expediente de regulación de empleo (ERE) derivado de aquella liquidación, proceso en el que el TSJCV también les dio la razón a la administración.

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