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València permite el uso de una terraza ilegal en un hostal del centro pese a tener orden de precinto desde 2024

El Síndic afea al ayuntamiento que se salte su propia resolución municipal con orden de clausura parcial pese a contar con hasta cuatro informes policiales que acreditan la actividad ilegal en un albergue de Ciutat Vella

Alojamiento turístico en Ciutat Vella

Alojamiento turístico en Ciutat Vella / Germán Caballero

Claudio Moreno

Claudio Moreno

València

El Síndic de Greuges ha acordado la resolución de cierre de una queja relacionada con la actividad presuntamente ilegal de un albergue en pleno centro de València. El cierre del defensor del pueblo autonómico se acompaña de una reprimenda al ayuntamiento, pues declara la vulneración por parte del consistorio de los derechos de la persona denunciante.

El documento del Síndic, firmado el 17 de marzo de este mismo año, empieza explicando que el objeto de la queja ha sido la demora del ayuntamiento en dar respuesta a varios escritos de la persona interesada, que hasta en nueve ocasiones le ha reclamado que cumpla su propia resolución del 3 de mayo de 2024 mediante la que se ordenaba al titular de la actividad hostelera el precinto las instalaciones no autorizadas (uso de la terraza) y el respeto del aforo máximo.

En la queja, además, constan cinco informes de la Policía Local en que, salvo en una ocasión, se acredita el funcionamiento de la actividad sin ajustarse a la autorización municipal. El último informe policial está fechado en enero de 2026. Asimismo, el Síndic recoge un documento municipal en el que se hace constar que el precinto de las instalaciones no amparadas están recurridas en el contencioso-administrativo, que la “actuación municipal sancionadora está en trámite”, y que el titular de la actividad en Ciutat Vella solicitó su modificación en septiembre de 2025, con el procedimiento aún en trámite.

Seguidamente, tras una digresión sobre la petición y la respuesta de acceso al expediente por parte de la persona denunciante de las molestias por ruido, esta misma señala, y se recoge en el expediente del defensor del pueblo, que la terraza con orden de cierre se sigue utilizando pese a estar “precintada por resolución municipal desde hace casi dos años” y que el ayuntamiento no ha dado respuesta a sus reclamaciones: “No basta con abrir un procedimiento sancionador, ya que al utilizar la terraza del establecimiento y ocupar el hostal con más aforo que el permitido, está incumpliendo la resolución de la Junta de Gobierno Local, que además supone una afección clara al derecho al descanso de los vecinos”, señala el denunciante.

A este se le ha dado acceso al expediente en persona y horario laboral, incompatible con su propia actividad, pero el problema de fondo no es administrativo y el Síndic así lo manifiesta. “El objeto de la queja ha sido claro: que el ayuntamiento se manifieste de forma suficientemente justificada sobre las solicitudes de la persona para que ejecute su propia orden de clausura parcial de la actividad, dictada años atrás, ratificada judicialmente e incumplida con el conocimiento municipal”, incide el Síndic de Greuges.

Acto seguido, detalla por qué no ha dado por aceptadas sus recomendaciones en tres puntos. Primero, señala el escrito, el consistorio no se ha manifestado sobre el cumplimiento de su propia orden de clausura parcial. “El titular de la actividad continúa ejerciéndola sin ajustarse a la autorización municipal y en perjuicio de los derechos de la persona”. Segundo, el titular del albergue en Ciutat Vella ha solicitado modificar su actividad y el servicio de Licencias dice haber aceptado dar acceso a la persona afectada a este expediente, pero mientras tanto esta tendrá que seguir sufriendo las molestias con “comprensible sensación de desamparo”. Tercero, el ayuntamiento debe poner y no ha puesto de su parte para facilitar el acceso electrónico a la información.

Por todo ello, con la publicación del cierre en falso de la queja, el organismo autonómico concluye: “De esta forma toda la ciudadanía, incluidos los miembros del parlamento valenciano, podrá conocer la desatención de las actuaciones propuestas por el Síndic en este procedimiento”. Un procedimiento que habla a partes iguales de transparencia y control de la actividad turística ilegal.

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