El Ayuntamiento de València prohíbe a la UTE de la muralla islámica volver a contratar con el consistorio por abandonar las obras
La decisión del consistorio se basa en el incumplimiento de contrato por parte de la UTE y en la resolución judicial que reconoce continuos atrasos e incumplimientos en la restauración de la muralla islámica

Vista general de la muralla islámica de la Plaza del Ángel. / José Manuel López

El Ayuntamiento de València ha prohibido a las dos empresas que formaban la UTE encargada de las obras de restauración de la muralla islámica que vuelvan a contratar con el consistorio durante un periodo de tres años. El motivo es haber dejado parada la obra sin motivación razonada para ello, como han constatado hasta ahora tanto las resoluciones municipales como las judiciales. De hecho, los trabajos llevan cuatro años en suspenso y pendientes de una nueva licitación que los termine.
La obra afectada se concretaba en la excavación, restauración y puesta en valor de la Muralla Islámica de València, en el tramo correspondiente a la Plaza del Ángel, que es el mejor conservado de la ciudad. El proyecto, que incluye también la construcción de un nuevo edificio para destinarlo a centro de interpretación, fue adjudicado en diciembre de 2020 a la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por CYR Proyectos y Obras S. L. e International Services of Construction Uramid S.L. Y el presupuesto de adjudicación fue de 2,7 millones de euros con un plazo de ejecución de los trabajos que finalizaba el 9 de junio de 2022.
Aparición de nuevos restos arqueológicos
El problema se plantea cuando, como consecuencia de las obras, aparecen importantes restos arqueológicos que hay que conservar, entre ellos una casa andalusí del siglo XI muy bien conservada, con zócalos rojizos adornados con motivos geométricos en forma de damero. Ante la necesidad de integrar esos restos en el proyecto, las empresas, que ya acumulaban retrasos en los trabajos, pidieron que se paralizaran las obras y se modificara el contrato con una ampliación del presupuesto del 50%, según reza en el expediente del Ayuntamiento de València aprobado ayer en la Junta de Gobierno Local. Propuesta a la que se opuso el Ayuntamiento de València al considerar que se trataba de una "modificación no sustancial", con una modificación presupuestaria que no llegaba al 10% del presupuesto inicial. Su propuesta era suspender parcialmente las obras y continuar los trabajos en la zona donde se debía construir el centro de interpretación, que no necesitaba ninguna modificación.

Los hallazgos arqueológicos está protegidos con lonas. / José Manuel López
Esta discrepancia terminó enconándose y el consistorio le impuso a las empresas varias multas coercitivas que derivaron en procesos judiciales cuyas sentencias han salido también a favor del Ayuntamiento de València, por ahora. En todas ellas se "reconoce la existencia de continuos incumplimientos culpables por parte de la UTE". De hecho, en febrero de 2024 se decidió la resolución del contrato, lo que ha permitido al consistorio lanzar un nuevo proyecto para terminar los trabajos. Eso incrementará el coste de la obra en cerca de un millón de euros y servirá para terminar los trabajos, que se quedaron en un 42% de ejecución.
Prohibición de contratar
Y ahora, el ayuntamiento ha dado un nuevo paso y ha prohibido a las dos empresas que forman la UTE contratar con el consistorio valenciano en los próximos tres años, una medida excepcional que muestra la gravedad de los hechos. Y es que a día de hoy, las obras de la muralla islámica llevan casi cuatro años paradas.
En su resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, el consistorio recuerda que la Ley de Contratos establece que "no podrán contratar con las entidades del sector público las personas en quienes concurra la circunstancia de haber dado lugar, por causa de la que hubieran sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una entidad del sector público". En este caso, "queda acreditado que la resolución del contrato de obras se produjo por causa imputable al contratista, concurriendo, por tanto, el presupuesto legal para la declaración de la prohibición de contratar". Es más, "ante el abandono de las obras, se ha producido también el incumplimiento de la obligación principal del contrato".
En la resolución municipal, y en respuesta a las alegaciones de las empresas contratistas, también se especifica que no es necesario esperar a una sentencia judicial firme para prohibir la contratación con el consistorio, lo mismo que no cabe prohibir la contratación a esta UTE sin afectar a cada una de las empresas que la forman por separado. Según el expediente, se trata de un problema de "fiabilidad" que afecta a ambas empresas y, por tanto, debe extenderse la prohibición a ambas entidades "al ser responsables solidarios de la resolución culpable del contrato y partícipes de la pérdida de fiabilidad que fundamenta dicha prohibición".
La sanción, por tanto, afecta a las dos empresas que forman la UTE y el periodo de duración de la medida se fija en tres años. Esta prohibición quedará inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y en el Registro de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunitat Valenciana.
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