Un jurado popular deberá dirimir si realmente la acusada actuó o no en legítima defensa cuando mató a golpes a su víctima, ya que la autoría de haberle causado la muerte no se discute. También deberán decidir si como sostiene la acusación particular hubo alevosía -la víctima no tuvo posibilidad de defensa – y ensañamiento, si tenía la intención de causarle un dolor añadido golpeándole hasta en 42 ocasiones con un martillo.
