El Partido Popular de la Comunitat Valenciana (PPCV) «sobornó en diferido» a nueve empresarios valencianos «por pura ambición de permanecer en el poder».

El objetivo: ganar las elecciones autonómicas, municipales y nacionales de 2007 y 2008 a cualquier precio. Y no es una licencia poética. El PPCV declaró al Tribunal de Cuentas que su gasto electoral en 2007 ascendió a 175.000 euros. Una cifra que «no se corresponde ni por asomo» con el gasto real realizado por la empresa Orange Market para los populares que alcanzó 1,2 millones de euros.

Los argumentos y los entrecomillados son del magistrado José María Vázquez Honrubia, titular del Juzgado Central de lo Penal número 1 de la Audiencia Nacional que ayer dictó la tercera sentencia de la Gürtel que confirma el dopaje electoral con el que el PP concurrió a las elecciones de 2007 y 2008.

De 20 procesados, sólo dos han logrado la absolución: Vicente Rambla, el exvicepresidente del Consell y coordinador electoral del PPCV en 2007; y el empresario José Enrique Fresnet, contra quien se retiró la acusación.

De Rambla, aunque consideran que no existen suficientes pruebas para desmontar la presunción de su inocencia, sí que señala el fallo que el exvicepresidente del Consell fue «el ciego voluntario» que miró a otro lado porque «omitió un actuar más que ético».

Las 18 condenas restantes suponen suponen la tercera condena a la trama Gürtel,que hizo metástasis en la administración valenciana durante la etapa de Francisco Camps al frente de la Generalitat.

Aunque el exjefe del Consell es el gran ausente en el fallo de la sentencia porque las acusaciones que lo ubican como la «X» en la cúspide de la trama se hicieron demasiado tarde y ya han prescrito. «Es jurídicamente imposible emitir pronunciamiento alguno» respecto a las «responsabilidades» vertidas por varios acusados contra Francisco Camps y Víctor Campos.

«Los hechos se remontan a 2007 y 2008 por lo que dada la naturaleza del delito, sus actos habrían prescrito por haber transcurrido más de cinco años sin formularse acusación alguna». Aunque el magistrado no deja pasar la ocasión para calificar de «totalmente infructuosa para calificar los hechos enjuiciados» las declaraciones como testigos de Camps y Campos porque «nada saben, nada recuerdan, nada reconocen» aunque ambos tenían el derecho constitucional «a no declarar contra sí mismos y no declararse culpables».

Todo lo contrario a los sospechosos habituales de los cabecillas de la Gürtel, Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez «El Bigotes» y Cándido Herrero que son los que reciben las penas más graves en esta causa: entre 5 y casi siete años por tres delitos electorales, falsedad documental y contra la hacienda pública (fraude en la declaración del IVA, el impuesto de sociedades y el IRPF, en el caso de «El Bigotes»).

Ninguno de los cinco ha podido ser condenado por formar una trama criminal (delito de asociación ilícita) porque ya fueron condenados por estos hechos en la sentencia de Gürtel Fitur. Y los cinco ya cumplen condena en cárceles de Madrid, al ser condenados a penas muy superiores en la pieza de Gürtel-Fitur juzgada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

A Correa, Crespo y Pérez se les aplica la atenuante de confesión y reparación del daño en el caso de «Don Vito» al haber liberado 2 millones de euros de su cuenta en Suiza para hacer frente a la responsabilidad civil subsidiaria en esta causa.

La novedad en esta nueva sentencia reside en el resto de condenados. Ricardo Costa se lleva la condena más grave de los acusados políticos, a pesar de haber confesado la financiación ilegal del PPCV, que ya no es presunta.

El secretario de organización del PPCV desde 2007 a 2009 ha sido condenado a cuatro años de cárcel por tres delitos electorales (a ocho meses cada uno, veinticuatro meses) y un delito continuado de falsedad documental (dos años). Costa es para el magistrado Vázquez Honrubia «el administrador general , la persona encargada de manejar los recursos ajenos dentro de la organización, dirigiendo y controlando los medios financieros y humanos que tenía a su disposición. Costa fue, para el magistrado, «el hombre de atrás que controlaba toda la trama creada».

Serra, «cooperador entusiasta»

Su número dos y fiel escudero durante años, David Serra, también ha sido condenado a tres años y ocho meses por tres delitos electorales y falsedad documental. Serra, exvicesecretario del PP que también está investigado en el Caso Taula y en la Fórmula 1, era «cooperador entusiasta» de la «trama urdida» ya que cumplía «un papel primordial entre el PPCV y Orange Market, realizando cuantas gestiones sean necesarias para conseguir que Enrique Ortiz [uno de los empresarios que ha admitido la financiación ilegal] pagara por trabajos realizados al PP» además de «manejar la doble contabilidad («A» de Alicante y «B» de Barcelona)» de la que disfrutaban los populares en aquellos años.

Una docena de conversaciones grabadas por la Unidad de delincuencia económica y fiscal (UDEF) de la Policía revela la «absolutamente cordial y muy amistosa» relación entre David Serra y el empresario Enrique Ortiz en la que hablan de pagos y cheques, si ningún pudor. Junto a Costa y Serra han acabado condenadas la exgerente del PP, Cristina Ibáñez (3 años y 4 meses de cárcel) y su sustituta durante un año Yolanda García (4 meses) como colaboradoras de los presuntos delitos electorales cometidos por sus inmediatos superiores en el partido.

Beneficio de empresarios

La tercera pata del triángulo de la financiación ilegal la conforman los nueve empresarios condenados por pagar los actos electorales del PP durante las elecciones de 2007 y 2008: Antonio y Alejandro Pons, de Piaf SL; Enrique Gimeno, de Facsa y Aguas de Castelló; Rafael y Tomas Berna, de Grupo Vallalba, CHM Obras e Infrestructuras SA y Padelsa Infrestrucutras SA (Pavimentos del Sureste SA); Gabriel Alberto Batalla, de Luis Batalla SA y Lubasa Desarrollos Inmobiliarios SL; Enrique Ortiz y José Beviá del Grupo Ortiz e Hijos, y Vicente Cotino, de Sedesa Obras y Servicios SA.

A todos ellos la Audiencia Nacional les impone un año y nueve meses de cárcel, que se sustituyen por multas que oscilan de los 22.000 euros hasta más de 100.000 euros. De ellos señala el fallo que su motivación era «obtener beneficio patrimonial como adjudicatarios de obra por parte de la administración ocupada por el partido cuyo gasto sufragaban» y «con el ánimo de seguir consiguiendo concesiones por parte de aquellos a quien tan eficazmente habían ayudado a conseguir el poder».