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El TSJ acuerda una mayor presencia de servicios esenciales en la Ciudad de la Justicia

La comisión para el seguimiento de la covid-19 reclama que haya 23 funcionarios de manera permanente en los juzgados de València capital

La comisión autonómica del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana para el seguimiento de la covid-19 ha acordado aprobar la propuesta elevada por la comisión provincial de València para aumentar la presencialidad en los servicios esenciales donde se necesite de la Ciudad de la Justicia de València y, en concreto, en la Audiencia, Fiscalía Provincial, Juzgados de lo Penal de ejecutorias, Familia, Violencia sobre la Mujer, Vigilancia Penitenciaria y Servicio Común Procesal de Servicios Generales.

Así lo recoge el acta del acuerdo, donde consta que se entiende procedente la aprobación «teniendo en cuenta la justificación de las específicas necesidades» que se explicitan en la propuesta para «la debida prestación de los servicios declarados esenciales, así como las concretas particularidades y magnitud de los órganos jurisdiccionales radicados en la Ciudad de la Justicia de València».

De esta forma, en la Audiencia Provincial habrá un funcionario de auxilio para todo este órgano (Secciones penales y civiles), y un funcionario del cuerpo de Gestión o Tramitación en la Sección Penal que se encuentre en servicio de permanencia, según los turnos rotatorios establecidos y, en su caso, un funcionario del Cuerpo de Gestión o Tramitación para las cuatro Secciones penales restantes, cuando el volumen de entrada y/o la naturaleza de los asuntos así lo requiera.

En la Fiscalía Provincial, se contará con un funcionario en la Secretaría, otro en la Sección Civil, otro en la Penal y uno del Cuerpo de Auxilio Judicial; en los cuatro Juzgados de lo Penal de ejecutorias, dos funcionarios del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación PA por cada uno; en los cuatro de Familia, un funcionario del Cuerpo de Gestión PA o de tramitación por cada dos juzgados; en los tres órganos de Violencia sobre la Mujer que no estén de guardia, un funcionario por cada uno; en los dos de Vigilancia Penitenciaria, un funcionario del Cuerpo de Gestión PA o de tramitación y en el Servicio Común Procesal de Asuntos Generales, un funcionario adicional.

Según especifica el acuerdo, esto se llevará a cabo sin perjuicio de que, en el supuesto de que esta presencialidad se revele en algún momento «innecesaria», se pasará a régimen de disponibilidad. El resto de dotación para servicios esenciales se encuentra en ese régimen.

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