Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Sanidad niega dos solicitudes de eutanasia tras practicar las primeras muertes asistidas

Una quincena de profesionales decide si autoriza o no el fallecimiento

Una cama junto a aparatos de una unidad de cuidados intensivos en una imagen tomada en un hospital de la Comunitat Valenciana. | GERMÁN CABALLERO

Los centros sanitarios de la Comunitat Valenciana ya han recibido desde que entró en vigor en España la Ley Orgánica para la Regulación de la Eutanasia, el pasado 25 de junio, un total de cuatro solicitudes de pacientes que piden acceder a la prestación de la ayuda médica que les permita acabar con su vida en virtud de la aplicación de esa normativa.

De ellas, según ha sabido este diario, dos ya han sido rechazadas porque la Comisión de Garantías y Evaluación de estos procesos, creada también en la Comunitat Valenciana al amparo de esa norma, ha acordado que ninguno de los casos cumplía los requisitos establecidos en la ley para acceder a una prestación que ya ofrece la sanidad pública.

En las otras dos solicitudes aceptadas ya se ha practicado el fallecimiento asistido, uno en la provincia de Valencia y otro en la de Alicante, como ya se informó el pasado mes de agosto. Una de ellas tenía más de 60 años y desde hacía dos décadas sufría una esclerosis múltiple que la convertía en totalmente dependiente.

Así, lo novedoso está en la decisión de la comisión de rechazar las dos peticiones de fallecimiento asistido adoptadas por este organismo, que es el encargado de autorizar que se pueda llevar hasta el final este proceso. Ello evidencia que no todos los casos que se solicitan para acabar con la vida son autorizados y practicados, sino que existe un exhaustivo análisis de un equipo que agrupa a numerosos profesionales de muy distintos ámbitos.

Bioética y cuidados paliativos

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ya publicó el pasado mes de junio el decreto por el que se conformaba esa comisión de garantías. Se trata de un órgano que agrupa a profesionales de numerosas disciplinas médicas. Quince de ellos titulares y otros tantos suplentes. La comisión abarca los campos de la medicina, la enfermería, las leyes y también la integran profesionales del trabajo social o la psicología.

Los miembros de la comisión con perfil sanitario también tienen experiencia en el ámbito de cuidados paliativos, bioética, hospitalización a domicilio, cuidados intensivos, hospitalización en plantas de interna, atención primaria o atención en hospitales de larga estancia.

El personal procedente de otros ámbitos profesionales tiene amplios conocimientos en testamento vital, derecho sanitario, derecho penal, derecho civil, derecho de familia o bioética, según señalan desde la conselleria. Además, hay personal con bagaje profesional en el ámbito social de la discapacidad y la dependencia.

Resolución de las reclamaciones

La comisión de garantías tiene, entre otras funciones, la de resolver las reclamaciones que formulen las personas a quienes el médico responsable haya denegado la prestación de ayuda para morir. También dirimen, llegado el caso, sobre posibles conflictos de intereses. La conselleria ha dispuesto en cumplimiento de la ley un registro activado en cada departamento de salud para garantizar el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios. Sanidad ha habilitado en la web un enlace con la documentación sobre los derechos y garantías.

Compartir el artículo

stats