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El exvicealcalde de València, Alfonso Grau.

análisis

Que los árboles del archivo del pitufeo no impidan ver el bosque del dopaje electoral

El sobreseimiento de la causa del blanqueo para 50 exediles y exasesores del PP no ha sido unánime

«Que los árboles no te impidan ver el bosque», sentencia una frase proverbial en el refranero multilingüe del Instituto Cervantes. El sobreseimiento provisional de la subpieza del pitufeo (blanqueo de dinero en pequeñas cantidades) para 50 exconcejales y exasesores del Partido Popular de València por las elecciones de 2015 ha permitido a la formación sacar pecho y exigir a la oposición que pida perdón. El archivo de los hechos de 2015 son los árboles que impiden a muchos ver el bosque de los presuntos dopajes electorales cometidos en las elecciones de 2007 y 2011. 

Estas trampas electorales presuntamente orquestadas por el director de ambas campañas, el exvicealcalde Alfonso Grau, serán juzgadas por la Audiencia de València. Así lo confirma la respuesta a los dos recursos presentados por María del Carmen García-Fuster (secretaria del grupo municipal del PP y alter ego de Rita Barberá) y José Eduardo Santón (exconcejal y director de varias fundaciones municipales) al auto que iniciaba el camino al juicio oral para ambos. Falta por conocer la respuesta a las apelaciones de Alfonso Grau y José Salinas [exdirector de la FTVCB] que deben seguir la misma estela. 

Un supuesto dopaje electoral y un presunto «origen delictivo» del dinero que manejaba el PP de València para alcanzar las mayorías absolutas de 2007 y 2011 que los magistrados consideran se debe enjuiciar a la vista de los indicios recabados desde 2016 por el Juzgado de Instrucción 18 y la Fiscalía Anticorrupción

Una sospecha que se desmorona, según cuatro magistrados de la sección cuarta de la Audiencia de València, al analizar los indicios en las elecciones de 2015. La decisión no es unánime. Una magistrada de la misma sección ha emitido un voto particular en el que defiende que los 50 procesados deben ser juzgados. 

Los cuatro magistrados que defienden el archivo, en una sentencia firme contra la que no cabe recurso, consideran que el dinero que manejaba el PP en 2015 no se ha probado que sean «bienes de origen delictivo». Sería «dinero negro», ilícito, pero no «dinero sucio» o delictivo porque, justifican, el presunto «recaudador» Alfonso Grau abandonó el PP en marzo de 2015 por el caso Nóos, no participó en las elecciones de 2015 y «es impensable que se conservaran 50.000 euros durante ocho años». Además de considerar que «la mayoría de investigados no recogieron los billetes [de 500 €] o no estuvieron al tanto». Además de desmerecer indicios como declaraciones de testigos, la grabación de la Guardia Civil a Maria José Alcón o el anónimo que desmerecen con jurisprudencia que no existe.  

Por el contrario, la magistrada Clara Bayarri, defiende que los 50 investigados debían ir a juicio porque «todos los hechos de 2007, 2011 y 2015 están relacionados» y el presunto blanqueo se comete «desde el momento en el que las 50 personas ingresan los 1.000 euros en «la cuenta extrainstitucional y opaca abierta desde 1995». Para la jueza «es irrelevante que se produzca la devolución o no de los mil euros», porque el blanqueo se produce con «el efectivo pago a proveedores por el grupo municipal del PP con dinero sucio, una vez mezclado éste con el dinero ilícito obtenido mediante las transferencias lícitas». 

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