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El Consell tumba la iniciativa ciudadana que exigía elegir lengua vehicular en las aulas

Se ampara en resoluciones del Constitucional como la de que el deber de conocer el castellano no genera derecho a recibir enseñanza solo en esa lengua

Un aula de un instituto de secundaria en València. F Calabuig

El Consell acaba de rechazar que se tome en consideración una proposición de ley de Iniciativa Legislativa Popular sobre libertad de elección de lengua. Buscaba regular la libertad de elección en la Administración y de lengua vehicular en las aulas.

Pero el Gobierno valenciano dice que la iniciativa afecta a su obligación de proteger, restaurar y recuperar un elemento patrimonial como la lengua propia, el valenciano, y se ampara en preceptos del Tribunal Constitucional.

La plataforma Hablamos español promovió una recogida de firmas para presentar una Iniciativa Legislativa Popular en las Corts Valencianes en favor de la libertad de elección de lengua en enseñanza y Administración.

Pero el documento en el que el Consell rechaza que las Corts admitan a trámite la iniciativa ciudadana añade que el derecho de elegir opción lingüística en la Administración ya se encuentra contemplado en las normas que regulan el uso de lenguas oficiales

Y en cuanto a la limitación de la acreditación de los conocimientos de valenciano para el empleado público, el Consell lo rechaza porque vulneraría el deber estatutario que tienen los poderes públicos de garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía. Así, asegura, «los derechos de la ciudadanía son las obligaciones de la Administración y, en consecuencia, la Administración tiene la obligación de respetar a todos los ciudadanos independientemente de la lengua en la que se dirigen a la Administración; por lo tanto, su personal debe ser capaz de garantizar precisamente este derecho en cualquiera de las dos lenguas oficiales en el territorio valenciano y no solo en la oficial del Estado», dice.

Derechos lingüísticos

Respecto al capítulo dedicado a regular los derechos lingüísticos en la enseñanza, el Consell subraya que la iniciativa legislativa contraviene jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de lengua vehicular. De hecho, el TC se ha pronunciado sobre el pretendido derecho de opción lingüística, tanto en el sistema educativo, como en el centro, y para el alto tribunal este derecho, en la enseñanza, carece de raíz constitucional. El Constitucional ya señaló que «ninguno de los múltiples apartados del artículo 27 de la Constitución [...…] incluye, como parte o elemento del derecho constitucionalmente garantizado, el derecho de los padres a que sus hijos reciban educación en la lengua de preferencia de sus progenitores».

El Constitucional también subraya que ha descartado desde un principio toda pretensión de exclusividad de una de las lenguas oficiales en materia de enseñanza. «El contenido del deber constitucional de conocimiento del castellano [...] no puede generar un pretendido derecho a recibir las enseñanzas exclusivamente en castellano», añade

Una actividad reglada

«No se desprende el derecho a recibir la enseñanza en solo una de las dos lenguas cooficiales en la comunidad autónoma, a elección de los interesados. El derecho a la educación, no hay que olvidarlo, se ejerce en el marco de un sistema educativo en el cual los poderes públicos determinan los currículum». Y es constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas por los poderes públicos.

Llama a proteger el valenciano que solo el 30 % domina plenamente

La Generalitat alude a datos como que solo alrededor de un 30 % de la ciudadanía es plenamente competente en valenciano y por lo tanto, considera un deber social corregir los desequilibrios de competencia y uso del valenciano para avanzar hacia la plena igualdad lingüística. Y añade que lejos de modelos caducos, el Consell ha desarrollado acciones políticas como la ley de plurilingüismo para garantizar un conocimiento óptimo de las lenguas oficiales y, al menos, una extranjera.

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