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Fútbol 8

Los entrenadores de fútbol base deberán demostrar que no tienen antecedentes por delitos sexuales

Todos los técnicos deben aportar ante la Federación el certificado negativo de delitos de naturaleza sexual antes de tramitar las licencias

Ante el inicio de la temporada de fútbol base (fútbol 8), la Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana, en cumplimiento de la ley de Protección Jurídica del Menor, obliga a todos los entrenadores a aportar un Certificado negativo de Delitos de Naturaleza Sexual a la hora de tramitar cualquier licencia federativa que implique contacto habitual con menores de edad.

Se trata de un mecanismo legal que facilita la prevención, la investigación y persecución de tales delitos y pretende evitar que quienes sean condenados en sentencia firme puedan realizar actividades o ejercer profesiones u oficios en contacto con menores de edad, según informa la propia Federación.

Además, y de acuerdo con la legislación vigente, todas las licencias de entrenadores, monitores y auxiliares (E, E2, EP, ES, ES2, D, M, PF, ATS/FTP, AY, EM, DS, MS, PFS, ATSS, EMS, MI y MO) deberán acompañar al contrato una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, según establece igualmente la Circular 59 de la temporada 15/16 de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). Sin esta certificación obligatoria no será validada ninguna de estas licencias.

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