Efe, Madrid

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón dejó ayer de instruir la causa en la que investigaba las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo porque ya no hay responsables vivos contra los que dirigir la acción penal, aunque considera que los delitos "permanecen" y no han prescrito.

El magistrado se ha inhibido en favor de los juzgados territoriales en los que se encuentran las fosas cuya apertura autorizó al declararse competente para investigar los hechos el pasado 16 de octubre al considerar extinguida la responsabilidad penal del dictador Francisco Franco, así como la de otros 44 altos cargos del régimen, tras comprobar el fallecimiento de todos ellos.

No obstante, Garzón ratifica "con contundencia" tanto los motivos que le llevaron a abrir la investigación como su necesidad, "al tratarse de delitos permanentes cuya comisión o efectos jurídicos son actuales".

Por ello, sugiere la derogación de la Ley de Amnistía de 1977, siguiendo la recomendación del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que también propone crear una comisión de expertos para "restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos" durante la Guerra Civil y la dictadura, y "permitir que las familias identifiquen y exhumen" a sus víctimas.

Para reforzar la idea de permanencia del delito destaca "el caso de las víctimas que puedan estar vivas". Garzón considera que la dictadura franquista "pudo haber propiciado la pérdida de identidad de miles de niños en la década de los años 40", al arrebatárselos a sus padres para educarles en la afección al régimen.

En el auto el juez se refiere concretamente a aquellas víctimas que, durante su infancia o adolescencia, "fueron sustraídas legal o ilegalmente (...) y los de aquellos menores que fueron ýrecuperadosý contra la voluntad, o sin ella, de sus progenitores en el extranjero, entre 1939 y 1949, a través de todo un entramado de acciones, organismos, principalmente el Servicio Exterior de Falange". El franquismo, añade, "acometió una segregación infantil que alcanzaría unos límites preocupantes y que, bajo todo un entramado de normas legales, pudo haber propiciado la pérdida de identidad de miles de niños en la década de los años 40, situación que en gran medida podía haberse prolongado hasta hoy (...) en aras a una más adecuada ýpreparación ideológica y la afección al régimený".

Los hechos no prescriben

Más adelante Garzón insiste en este punto al asegurar que "tanto por los miles de desaparecidos fallecidos, como por los que aún puedan estar vivos (ýniños del franquismoý), no permite plantearse seriamente, como hace el Ministerio Fiscal, la prescripción de los hechos típicos que continúan vigentes en este mismo momento".

De hecho, el juez apunta que "se está en la fase inicial de esa investigación" y ésta "debe ir dirigida, precisamente, a demostrar esa actualidad y permanencia" de los delitos perpetrados entonces.

Para el presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH), Emilio Silva, este auto abre la puerta a la investigación sobre los "niños apropiados" durante la Guerra Civil y la posguerra.

Según Silva, es cierto que miles de niños fueron separados de sus madres mientras estaban en cárceles franquistas y, como en Argentina, se les robó su identidad, por lo que la ARMH recibiría con satisfacción que se abriera esa vía de investigación.

Garzón recuerda en el auto que, al declararse competente, ya advirtió de que si la responsabilidad penal de los imputados estaba extinguida, pero se daba la "permanencia" del delito, se pronunciaría sobre la competencia para investigar los hechos, que cree que corresponde a los juzgados territoriales.

El juez se adelanta así a la decisión que el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional tenía que adoptar sobre la competencia de Garzón para instruir la causa, al resolver un recurso de la Fiscalía en el que se sostiene, precisamente, que los hechos son competencia de los juzgados territoriales donde se cometieron los crímenes.