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Consejo de Ministros

La futura ley de los lobis frenará el uso de 'puertas giratorias' por los altos cargos

El Consejo de Ministros aprueba un anteproyecto de ley para regular los grupos de presión que pretenten influir en la elaboración de leyes y toma de decisiones en el Estado

Las ministras Portavoz, Isabel Rodríguez y Hacienda, María Jesús Montero. EFE

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de ley para regular la participación de los lobis (o grupos de interés) en el proceso de elaboración de normas o toma de decisiones en la Administración General del Estado (AGE) y el sector público estatal, y para frenar las llamadas 'puertas giratorias' de altos cargos entre el sector público y el privado. El llamado 'anteproyecto de ley de transparencia e integridad en las actividades de los grupos de interés' es la respuesta que da el Gobierno a uno de los compromisos asumidos ante la Comisión Europea a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el que se prevé el diseño de un sitio web propio en la actual Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) ue incluya un Registo de Grupos de Interés. "España cumple así con una carencia a la hora de transparentar las actividades legítimas de influir en la elaboración de las normas, responde a una demanda de la sociedad civil y de instituciones como la Comisión Europea y es una medida de calidad democrática", ha valorado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

Estas son algunas de las claves del anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, del grupo Prensa Ibérica.

¿Cuál es la principal novedad del anteproyecto?

El Gobierno prevé la creación de un Registro de grupos de interés. En él se deberán inscribir las personas físicas o jurídicas que pretendan establecer contacto con altos cargos o directivos de la administración estatal para poder influir en la elaboración de normas o en la toma de decisiones. El Registro se ubicará tanto en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado (AGE) como en la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) y su funcionamiento será íntegramente electrónico. En este registro cada grupo de interés deberá identificar a sus integrantes, su sede y su finalidad, además de incluir y actualizar cada una de las reuniones realizadas con altos cargos y el motivo de ellas. También se deberán incorporar la información financiera de ese grupo vinculada al ejercicio de su actividad de lobi. "Sin la preceptiva inscripción no se podrán celebrar reuniones ni entrevistas, ni entablar ningún contacto con personal público, ni ejercer actividades de influencia", afirma el texto del borrador. 

¿Qué se entiende por grupo de interés o lobi?

Según el anteproyecto, "tendrán la consideración de grupos de interés las personas físicas y jurídicas, sea cual sea su forma o estatuto jurídico, así como las agrupaciones de personas que se conformen en plataformas, foros, redes u otras formas de actividad colectiva, sin personalidad jurídica, que trabajen por cuenta propia o ajena y con independencia de su forma o estatuto jurídico, que lleven a cabo actividad de influencia". 

¿Los sindicatos y patronales son lobis?

El texto explica de forma explícita que no tendrán la consideración de grupos de interés las organizaciones internacionales (como Unicef, por ejemplo), ni tampoco los partidos políticos, los sindicatos o las asociaciones empresariales. Sin embargo, sí serán considerados lobis y, por lo tanto, tendrán obligación de inscribirse en el Registro de interés, las fundaciones creadas por partidos, sindicatos o patronales si ejercen una "actividad de influencia"

¿Qué se entiende por actividad de influencia?

El borrador de la ley se refiere a "toda comunicación directa o indirecta" con altos cargos, directivos o funcionarios "con la finalidad de intervenir en la toma de decisiones públicas o en los procesos de diseño y aplicación de políticas públicas y de elaboración de proyectos normativos". La actividad de influencia puede ser ejercida "en nombre de una entidad o grupo organizado de carácter privado o no gubernamental, en beneficio de sus propios intereses o de intereses de terceros". Aquí cabe tanto una asociación empresarial que defiende sus propios intereses, como el despacho de profesionales contratado por esa asociación con el mismo fin. Por "influencia directa" el texto entiende la comunicacion con el personal público a través de cualquier medio de comunicación. Por "influencia indirecta" se alude a la comunicación a través de intermediarios, medios de comunicación, conferencias o actos sociales orientados al mismo fin.

¿Qué es la huella normativa?

Es otra de las novedades de este anteproyecto de ley. Hace referencia a que en la Memoria del Análisis de Impacto Normativo de cada modificación legal deberá hacerse constar la identidad de las personas o grupos de interés que han influído en su elaboración, detallando en qué aspecto concretos en cada caso. En la huella normativa también deberá constar la identidad del personal público que haya mantenido contactos con dichos grupos.

¿Qué pasará si se incumple la ley?

El borrador incluye un régimen de infracciones y sanciones aplicable a supuestos en los que, por ejemplo, se pretenda contactar con un alto cargo sin previa inscripción en el Registro de grupos de interés. También será objeto de sanción el ofrecimiento de regalos o favores, la difusion de información confidencial o la no actualización de los datos del Registro. Las sanciones previstas pueden llegar a la expulsión del Registro por un periodo de hasta tres años.

¿Cómo se pretende frenar las 'puertas giratorias'?

El anteproyecto establece que durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, los altos cargos de la administración del Estado "no podrán realizar actividades profesionales de influencia al servicio o para entidades inscritas en el Registro de grupos de interés en ninguna de las materias relacionadas con las competencias del departamento, organismo o entidad en los que prestaron servicios como alto cargo”. Se trata de un añadido que quedará incorporado en la ley 3/2015 reguladora del alto cargo de la Administración General del Estado en la que ya se establecía un periodo de dos años posterior a la fecha de su cese durante el cual se prohíble "prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado. La prohibición se extiende tanto a las entidades privadas afectadas como a las que pertenezcan al mismo grupo societario". Con el añadido que se promueve ahora, la incompatibilidad de los altos cargos afectará claramente a aquellos que ejercen su influencia por vía indirecta, a través de despachos de abogados o asesorías. Además, la incompatibilidad no se limita a "entidades que hayan resultado afectadas por decisiones enlas que hayan participado" los altos cargos, sino que se extiende a "las competencias" del departamento en que ejerció sus tareas.

¿Esta ley será la primera regulación de lobis en España?

Sí, para la Administración General del Estado (AGE). Sin embargo, ya existen registros de grupos de intereses en algunas administraciones autonómicas, como los creados en el Govern y el Parlament de Cataluña y en otras comunidades como Aragón o Valencia. Además, en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, existe un registro voluntario desde 2017. En el Congreso de los Diputados existe una iniciativa para regular la relación de los grupos de interés con los parlamentarios cuya tramitación se viene demorando desde junio de 2021. En las instituciones europeas la labor de lobi está absolutamente regulada y se considera una mecanismo esencial para hacer llegar a los legisladores y altos cargos los intereses de los colectivos afectados por la elaboración de normas y la toma de decisiones.

¿Esta ley será la primera regulación de lobis en España?

Sí, para la Administración General del Estado (AGE). Sin embargo, ya existen registros de grupos de intereses en algunas administraciones autonómicas. Además, en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, existe un registro voluntario desde 2017. En el Congreso de los Diputados existe una iniciativa para regular la relación de los grupos de interés con los parlamentarios cuya tramitación se viene demorando desde junio de 2021.

¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley?

Es difícil saberlo. Tras la aprobación del anteproyecto de ley se inicia el proceso de información pública del borrador. Después deberá ser aprobado en segunda vuelta por el Consejo de Ministros antes de iniciar su posterior tramitación parlamentaria. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se ha mostrado confiada en que la ley será definitivamente aprobada antes de que se disuelvan Las Cortes por la celebración de elecciones generales que, en principio, ocurirrá a finales de 2023. En todo caso, el borrador prevé que la ley entraría en vigor dos meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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