La última sesión del pleno municipal de Sagunt aprobó de forma unánime la moción presentada por Salvador Montesinos, portavoz de Ciudadanos, para liberar del requisito de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, dirigido a los potenciales beneficiarios de subvenciones otorgadas por las entidades locales.

El motivo del grupo municipal se centra en la concesión de Hacienda al Ayuntamiento de Mieres por el permiso para exonerar a los potenciales beneficiarios de subvenciones. Ciudadanos Sagunt explicó que la autorización «debe hacerse expresa y extensiva a las entidades locales en todos los procesos de concesión de subvenciones que puedan aprobar en un futuro para paliar la situación de crisis económica».

En primer lugar, el Pleno acordó pedir al Gobierno autorizar a las entidades locales a liberar a los potenciales beneficiarios de subvenciones bajo el requisito contenido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

De esta forma, el consistorio se ha comprometido a que en las próximas subvenciones y/o ayudas que se concedan directamente por parte del ayuntamiento y sus destinatarios vayan directas a los sectores más afectados por la pandemia, en vez de establecer en las bases el requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, como se esclarece en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

En el contexto de la crisis sanitaria actual, la moción recoge: «se ha agotado la capacidad de resistencia de cientos de miles de negocios. Solo el pasado mes se dieron de baja casi 15.000 autónomos, por lo que es fácil imaginar que las empresas que todavía subsisten lo hagan enormemente endeudadas con la Seguridad Social y con el Fisco, en todos los niveles de la administración».

En el texto también se menciona que es «una exigencia desmedida, inoportuna y de muy difícil justificación el cumplimiento de obligaciones sociales y fiscales para poder ser beneficiario en la presente coyuntura».

La moción en este sentido quiso añadir que la actual Ley Concursal, aprobada durante la pandemia como un texto refundido, «no permite la cancelación de las dos deudas con los organismos públicos, como la Seguridad Social o Hacienda, en caso de insolvencia, cuestión que ya ha sido puesta en entredicho hasta por el Tribunal de Justicia Europeo».