Una joven que queda con un amigo con el que mantiene relaciones sexuales esporádicas. Se van a su domicilio, en València, y tras cenar empiezan a beber ron. En principio un encuentro sexual consentido por ambas partes. Sin embargo, en un momento de la velada la víctima pierde el conocimiento, producto seguramente del exceso de alcohol. Es en ese momento cuando su presunto agresor aprovecha para violarla utilizando para ello algún objeto cortante, según las gravísimas lesiones que presenta la víctima en su zona genital. Tal fue la brutalidad de la agresión sexual que sufrió estando inconsciente que la víctima ha tenido que recibir asistencia quirúrgica y padece secuelas físicas de por vida.

Su presunto agresor se enfrenta ahora a una petición de pena de 16 años de cárcel, siete por un delito de abuso sexual con penetración –antigua denominación del Código Penal a una violación de este tipo cuando la víctima está privada de sentido– y a nueve por el delito de lesiones. Asimismo, debido a los graves daños que le causó con algún tipo de objeto cortante, que no se ha podido establecer, la Fiscalía solicita que el acusado indemnice a su víctima con 134.500 euros por las lesiones y los perjuicios morales.

Los hechos, que serán juzgados por la Audiencia Provincial de Valencia, ocurrieron el 12 de marzo de 2021 cuando el acusado, de 31 años y nacionalidad ecuatoriana, quedó con una amiga de su misma nacionalidad en el domicilio de ella, en la ciudad de València. Ambos aseguran que quedaban en ocasiones para tener sexo consentido, aunque lo ocurrido aquella noche dista mucho de ese concepto.

Una vez la joven perdió el conocimiento cualquier acto sexual contra ella sería delito, al no estar capacitada de dar su consentimiento, como remarca la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, del ‘solo sí es sí’, y que también se castigaba con la anterior legislación en su artículo 181.2. Pero es que además, según consta en las investigaciones de la Policía Nacional y en los informes forenses, es totalmente imposible que dado el grado de gravedad de las lesiones que presentaba la víctima, estas hubieran sido causadas durante una práctica sexual consentida.

La víctima padece secuelas físicas de por vida y ha tenido que recibir intervención quirúrgica

La joven apenas recuerda nada de esa noche después de haber estado bebiendo ron y de haber bajado al supermercado a comprar otra botella. El único vago recuerdo que tiene es, estando mareada, cómo el acusado la sujeta en la ducha mientras sangra abundantemente. 

Cuando a la mañana siguiente se despierta su compañero le dice que estaba «como estúpida y que se había dado un golpe en la mesa». Tras estas excusas baratas sobre el fuerte dolor que presenta la víctima en su zona genital, el sospechoso abandona el domicilio, dejándola gravemente herida y desamparada sin avisar a ningún servicio de urgencias, según remarca el fiscal en su informe.

La víctima está aterrorizada, no sabe qué ha ocurrido. Su expareja, con el que había quedado a desayunar, al verla en ese estado y tras caer la joven desplomada, avisa a sus familiares y su hermana la traslada al Hospital Doctor Peset de València. Es allí donde los médicos descubren las graves lesiones internas que presenta la víctima en la zona anal y vaginal.

Sobre el tipo de objeto con el que habrían sido causadas, el acusado niega que utilizaran ningún objeto sexual. Al ser interrogado por la policía por unas tijeras también lo niega. Así como por un vaso roto que fue encontrado en la casa.

La nueva ‘Ley del sí es sí’ impone una pena mayor por este delito

Aunque en este caso no va a ser posible aplicarle la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ‘ley del solo sí es sí’, por haber sido cometidos los hechos anteriores a la implantación de la misma, respecto a este tipo concreto de delito, la introducción de objetos por vía anal o vaginal sin el consentimiento de la víctima y sin uso de la violencia, está castigado con penas de hasta doce años de cárcel, dos años más que en el anterior artículo penal.