La película berlanguiana del rescate frustrado de un ‘gancho ciego’ de casi 300 kilos de cocaína en el puerto de València ha terminado con el final que pretendían las defensas de los tres acusados; una condena mínima por un delito contra la salud pública en grado de tentativa y sus clientes puestos en libertad. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia impone a cada uno de ellos cuatro años de cárcel al considerar que la «dificultad de acceso y apoderamiento» de la droga hacia «inviable» la consumación del hecho delictivo.

Los ahora condenados accedieron a la terminal de contenedores del puerto de València el pasado 8 de marzo en un camión con semirremolque con una orden no válida de entrada. La sentencia establece probado que su objetivo era «el rescate» de trece sacos con 298 pastillas de cocaína, de un kilo cada una, ocultos en un cargamento legal de azúcar. Los acusados tenían pleno conocimiento de que la droga se encontraba en un contenedor concreto que había sido cargado en un buque procedente de Santos (Brasil), desembarcado el 6 de marzo en el puerto valenciano y que el día 16 de ese mismo mes debía partir con destino al puerto de Haifa (Israel). El ponente de la sentencia califica de «desfachatez y total ausencia de credibilidad» la versión que dieron los acusados en el juicio, que iban a por un supuesto maletín con dinero y joyas.

No obstante, aunque rompieron el precinto del citado contenedor y uno de ellos accedió al mismo, como prueban las huellas de calzado que dejó uno sobre los sacos, la Sala estima que la droga «iba demasiado oculta al fondo del contenedor y con muchas pilas de sacos encima —de 50 kilos cada uno—». Así, la disposición de la mercancía y «las severísimas dificultades» para acceder hasta la cocaína, unido al tiempo del que disponían los ‘rescatadores’ para apoderarse de la droga, hacía inviable consumar el delito.

Esa es la tesis que esgrimieron las defensas de dos de los acusados, ejercidas por los letrados Juan Carlos Navarro y Andrés Zapata, quienes presentaron como alternativa que en caso de condena el delito únicamente se apreciara en grado de tentativa, como así ha sido. La sentencia explica que no consta que los acusados participaran en la operación de importación de la droga o tuvieran control sobre el destino de la misma. De ahí que solo se les condene a cuatro años de prisión de los nueve que solicitaba la Fiscalía.

Eso sí, aclara la función que tenía cada uno de los tres condenados, a quienes les impone también una multa de 7.200.000 euros, con 30 días de privación de libertad en caso de impago. Uno de ellos era el bracero encargado de realizar la extracción, otro el camionero y el tercero actuaba de enlace con la organización y filtra la información para el apoderamiento de la droga, que finalmente no encontraron.