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La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha rechazado el recurso interpuesto por el Sindicat de Treballadors i Treballadores de l'Ensenyament del País Valencià (STE-PV) contra la orden de la Conselleria de Educación sobre la concertación del Bachillerato por considerar que este sindicato no tiene "legitimación activa".

El STE-PV presentó un recurso contra la orden de 8 de mayo de 2007 de la Conselleria de Educación que establecía el procedimiento a seguir por los centros docentes de la Comunitat para solicitar la incorporación al régimen de conciertos correspondiente al primer curso de Bachillerato.

La entidad consideraba que existía una carencia de justificación de la decisión, ya que la Administración debió constatar previamente la necesidad de crear estas plazas. También, argumentaba la extemporaneidad de la norma que había impedido conocer esta oferta educativa de manera que todos los centros accedieran a ella en igualdad de condiciones.

Por su parte, la Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos, que concurría a este proceso judicial junto a la conselleria y la CECE, Concapa-CV y Fesie alegaba la "inexistencia de un interés legítimo" para recurrir la orden.

FSIE considera que con la sentencia "ha desaparecido la amenaza laboral que se cernía sobre los compañeros que trabajaban en el nivel educativo de Bachiller".