La nueva Ley de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana rebajará las exigencias medioambientales a las instalaciones y a las actividades industriales que en ellas se desarrollan. El anteproyecto de esta norma, que acaba de salir a consulta pública, elimina uno de los dos anexos de la ley a la que sustituirá, la de Calidad Ambiental y Prevención de la Contaminación de 2006, en el que figuraban las actividades que requerían una autorización integrada (AAI) para su funcionamiento. La mayoría de ellas pasarán ahora a estar sujetas a la obtención de una licencia ambiental, una figura de intervención administrativa que conceden los ayuntamientos y que es menos estricta que la AAI, ya que fue concebida para actividades de impacto moderado.

En aras de "mejorar la competitividad de la economía valenciana y eliminar las trabas administrativas innecesarias", el proyecto de ley limita la necesidad de AAI a los proyectos con importantes repercusiones sobre el medio ambiente o que tengan trascendencia supramunicipal. En cambio, potencia la licencia ambiental, al incluir bajo este régimen la mayoría de las actividades que hasta el momento venían en el Anexo II de la ley de 2006, sujetas a una AAI.

De esta forma, centrales térmicas, parques eólicos, extracciones de petróleo o gas natural, minas a cielo abierto, incineradoras, vertederos o desaladoras, son algunas de las actividades e instalaciones que hasta ahora necesitaban una AAI para empezar a funcionar. Sin embargo, con el proyecto de ley, solamente requerirán una licencia ambiental, cuando se circunscriban a un municipio. Un total de 136 empresas que llevan a cabo actividades comprendidas en el Anexo II de la ley de Calidad Ambiental de 2006 han recibido una AAI de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

Con la rebaja de las exigencias ambientales para el inicio de actividades se pretende, según se lee en el texto del proyecto de ley, reducir los trámites para el funcionamiento y puesta en marcha de actividades económicas, así como simplificar los trámites administrativos y disminuir las cargas económicas que éstos implican. No obstante, el texto de la nueva norma incorpora un requisito previo al inicio de la actividad tras la obtención de la AAI o licencia ambiental que no existía en la ley de 2006: el promotor deberá comunicar al órgano que le haya concedido el permiso que comienza a funcionar y aportar la documentación correspondiente.

Otra novedad del anteproyecto es que, en el régimen de sancinones, aumenta el tiempo de prescripción de las muy graves de tres a cinco años. En las sanciones graves, pasará a ser de tres años en lugar de los dos de la ley vigente.