El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar un total de 81.000 euros a los nueve hijos (9.000 euros a cada uno) de una mujer que debió ser operada cuatro años antes de su muerte por un fallo cardiaco.

La víctima había sido atendida desde el año 2002 en el Hospital Arnau de Vilanova por insuficiencia mitral moderada y dilatación de ventrículo y aurícula izquierdos, y fue controlada por el servicio de Cardiología de dicho hospital en los años posteriores.

En septiembre de 2004 presentó una cardiopatía isquémica crónica, insuficiencia mitral moderada a severa y otras alteraciones. El 1 de marzo de 2008 se le diagnosticó ya insuficiencia cardiaca congestiva avanzada, en abril ingresó de urgencias en el Hospital La Fe para tratamiento quirúrgico por esta dolencia y unos días más tardes falleció por shock cardiogénico a la espera de la intervención.

La familia de la víctima denunciaba que su madre debió haber sido intervenida desde 2004 y, sin embargo, durante seis años se le trató solo con medicamentos. El tribunal señala que del examen de todo el material probatorio «resulta que al menos desde el año 2004 estaba indicada la cirugía para el tratamiento de su valvulopatía».

El juez estima que hubo mala praxis en la atención médica dispensada a la mujer, pues desde 2004 existía indicación quirúrgica, «circunstancia que debió ser puesta en conocimiento de la paciente para que valorando la situación tomara la decisión de someterse o no a la intervención».