El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, reclama a la Conselleria de Educación que promueva las actuaciones necesarias para garantizar en todos los municipios una escolarización equilibrada del alumno con necesidades de compensación educativa y que mantenga la reserva de plazas hasta el final del periodo de preinscripción y matricula, tal y como exige la ley, a fin de garantizar una adecuada y equilibrada escolarización de estos alumnos.

De esta forma responde el defensor del pueblo valenciano a la queja presentada a través del Ayuntamiento de Vila-real por el Consejo Escolar del Colegio público de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Concepción Arenal en la que mostraba su «desacuerdo con el proceso de escolarización» en este municipio y que «provoca, año tras año, la concentración de alumnos con necesidades de compensación educativa en unos centros determinados».

De acuerdo con la información facilitada por el consejo, hay aulas donde el número de alumnos con necesidades educativas compensatorias supera el 50 %, cuando lo recomendable es que no supere el 20 %, mientras que hay clases de otros centros donde no hay ninguno.

Asimismo, los afectados mostraban su preocupación por los agravios comparativos que se pueden crear en los centros escolares de Vila-Real, y por las dificultades para avanzar hacia un sistema educativo inclusivo donde todo el alumnado pueda integrarse educativa y socialmente de manera adecuada y sin discriminación, por lo que solicitaron la mediación del Síndic de Greuges.

Desde esta institución se pidió a la Conselleria que facilitara el número exacto de alumnos con necesidades de compensación educativa matriculados en cada uno de los centros públicos y concertados de Vila-Real, detallando, en su caso, los niveles educativos. De los datos aportados en el informe que la Conselleria remitió al Síndic, se puede deducir que el alumnado con necesidades de compensación educativa se concentraba en tres colegios públicos.

Por su parte, la anterior Conselleria de Educación del PP argumentaba que la situación en Vila-Real «no tiene fácil solución, dado que la población con alumnado de estas características se concentran alrededor de dichos centros, a lo que hay que añadir el derecho de las familias a elegir un centro diferente al de reserva (por proximidad del domicilio o por ideología religiosa)».

Sin embargo, el Síndic no comparte dichos argumentos y considera que la normativa actual que regula el proceso de admisión establece claramente el procedimiento a seguir, y contempla el equilibrio en la admisión de alumnos con estas características que deben ser escolarizados en cada uno de los centros públicos y privados concertados.

La sindicatura, una vez publicada su resolución, da un plazo de un mes a la actual conselleria para que emita el preceptivo informe en el que manifieste la aceptación de la recomendación, o en su caso, las razones que estime para no aceptarla.

Se considera alumnado con necesidades de compensación educativa aquel que presenta dificultades de inserción escolar por encontrarse en situación desfavorable, derivada de circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales; incorporación tardía, desconocimiento de idiomas oficiales, escolarización irregular, hospitalización de larga duración, inadaptaciones al medio escolar,...