La Conselleria de Hacienda ha decidido explorar una tercera vía para 'blindar' ante los tribunales la aplicación del impuesto de transmisiones patrimoniales, un tributo que grava la compra-venta de vivienda, y cuya gestión es desde hace años un auténtico quebraderos de cabeza para Ejecutivo autonómico. El problema se remonta a la etapa de Gobierno del PP y tiene que ver con el método que utiliza la conselleria para la valoración de inmuebles cuando existe una discrepancia respecto a la liquidación del impuesto que presentan los valencianos al adquirir una vivienda de segunda mano.

El problema viene de lejos y los intentos de la conselleria para superarlos no han llegado a buen puerto. Hace ya muchos años, los tribunales de Justicia empezaron a dar la razón a aquellos valencianos que recurrían las comprobaciones de los técnicos de Hacienda. Existían instrucciones internas para que la conselleria solo diera por buenas aquellas liquidaciones que se ajustaban a una fórmula de cálculo preestablecido y que era consecuencia de multiplicar un coeficiente determinado por el valor catastral. Cuando no era sí, la Generalitat giraba una complementaria al contribuyente reclamándole una cantidad adicional. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) acabó anulando el método. Aquello generó una avalancha de recursos.

Básicamente, el TSJ cuestionaba que no existía una valoración individualizada del inmueble, algo que en la práctica sólo podía hacerse con un perito visitando el inmueble En 2013, Hacienda decidió cambiar el método, pero la litigiosidad continuaba: más de 18.000 compradores recurrieron (vía Tribunal Económico Administrativo, vía juzgados) Recientemente el TSJ volvió a tumbar el método de valoración al entender que no remediaba las carencias detectadas en el pasado. «Persiste en los errores y vicios señalados por la doctrina jurisprudencial de esta Sala», decía la sentencia. La Generalitat consciente de que la jurisprudencia jugaba en contra de sus intereses se puso a trabajar en una tercera vía. La solución salió ayer publicada negro sobre blanco en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana. Se trata de una orden donde se da seguridad jurídica a los contribuyentes en el sentido de que aquellos que apliquen la fórmula que ofrece la conselleria (de nuevo un coeficiente por un valor catastral) tendrán la garantía de que su liquidación no será revisada por los técnicos. En caso de no hacerlo ( y aquí está la novedad), la Generalitat podrá revisar el impuesto, pero la comprobación del valor del inmueble (una vivienda, un garaje, etc) no se hará, como antes, desde los despachos. Los peritos de la administración citarán al contribuyente para una visita in situ. El objetivo es evitar una nueva impugnación con el argumento de que la comprobación es genérica.

En realidad, con esta tercera vía, la Generalitat gana tiempo hasta que el Supremo se pronuncie sobre el recurso en casación presentado por el Consell, que busca el aval jurídico al anterior método. Es, además, una cuestión de medios humanos, ya que Hacienda no dispone de tantos peritos para visitar inmuebles.