La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal y la Generalitat Valenciana contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil que desestimaba la demanda que en su día interpuso el Instituto de la Mujer contra Cementos La Unión por publicidad sexista.

La sentencia dictada en apelación declara que la campaña publicitaria desarrollada por la empresa cementera tiene la consideración de sexista. Por ese motivo debe ser estimada la demanda procediendo a la supresión de la campaña por ser ilícita o desleal en atención a esta consideración de sexista. En aplicación del fallo de la resolución, deberán eliminarse las figuras femeninas de los sacos de cemento, que aparecían en bikini sin relación aparente con el producto anunciado, y reproducidas en su página web.

El Ministerio Fiscal esgrimía en su recurso, ahora estimado, la importancia de actuar contra este tipo de conductas, que anclan sus raíces en el machismo, como medio de luchar contra la violencia de género. El recurso que ha dado lugar a la sentencia de la Audiencia Provincial fue interpuesto por la Fiscalía Provincial de Valencia (Secciones de Violencia Sobre la Mujer y Civil/Mercantil).

La resolución acoge en su integridad los motivos aducidos por el Ministerio Fiscal, que se personó como parte en la demanda inicialmente presentada, asumiendo su función de defensa de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, en este caso, la Ley integral contra la violencia de género que proscribe cualquier publicidad sexista.

La ley contra la Violencia de Género legitima a la Fiscalía para ejercitar ante «los tribunales la acción de cesación de publicidad ilícita por utilizar en forma vejatoria la imagen de la mujer».

En 2006 la publicidad en Cevisama de la compañía también fue muy criticada tras organizar desfiles en ropa interior y luchas de barro.