La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado los decretos de la Conselleria de Sanidad de ayudas al copago farmacéutico y ortoprotésico a discapacitados y pensionistas implantado por el Gobierno Central. Las subvenciones fueron recurridas por la Abogacía del Estado, a la que ahora el TSJCV ha dado la razón, aunque la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSJCV o el Supremo, en un plazo de 30 días. Un recurso que la Generalitat tiene la intención de presentar a pesar de que, aseguran fuentes del departamento que dirige, la decisión judicial no afecta ni a las ayudas pagadas en 2016 y a las que se están concediendo en 2017.

El fallo del TSJCV, en el que ha sido ponente el magistrado José Bellmont Mora, considera que los decretos de la Conselleria de Sanidad que compensaban el copago farmacéutico a discapacitados y pensionistas "no suponen una desviación de poder" de la decisión del Gobierno Central de imponer el copago. "Al amparo de la competencia autonómica, se persigue que las personas en situación de desamparo requieran una actuación protectora para atender unas necesidades que no están cubiertas por la Seguridad Social en el actual contexto normativo".

Sanidad garantiza que las ayudas siguen vigentes

La Conselleria de Sanitat garantiza que las ayudas frente al copago farmacéutico y ortoprotésico están plenamente vigentes pese a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que declara nulos los decretos del gobierno valenciano que suprimieron dicho copago a jubilados y personas dependientes.

De acuerdo con las consultas realizadas con la Abogacía de la Generalitat , la sentencia no afecta en ningún caso a las ayudas actuales del año 2017, que seguirán concediéndose con total normalidad, ni a las aportadas en el año 2016, a las que hace referencia el TSJ, ya que ya han sido ejecutadas.

La Conselleria de Sanitat recuerda que la sentencia no es firme y que está ultimando un recurso de casación contra el pronunciamiento del TSJ.

La sentencia reconoce que no existe una situación de desviación de poder así como, por tanto, la legitimidad y la competencia de la Generalitat de conceder ayudas para garantizar los tratamientos sanitarios en población en situación de necesidad.

La conselleria entiende que sí existen unos criterios definidos de situación de necesidad económica como es en el caso de los pensionistas el hecho de tener unas rentas inferiores a 18.000 euros anuales, para conceder las ayudas.

Finalmente, la consellera de Sanitat Universal i Salut Pública, Carmen Montón, ha lamentado el interés del Gobierno de España en bloquear las iniciativas desarrolladas por la Generalitat encaminadas a la devolución de los derechos sanitarios arrebatados por los Gobiernos del PP no solo con recursos como el presente, sino con el presentado contra la universalidad de la atención sanitaria, avalado por el Tribunal Constitucional en un auto contrario a la suspensión cautelar solicitada por el Gobierno.

Por ello, Carmen Montón ha insistido en la derogación del Real Decreto 16/2012, la medida a través de la que el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo los copagos entre pensionistas o la exclusión sanitaria a migrantes en situación irregular.