El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto ley para regular las comisiones por la extracción de dinero en efectivo en los cajeros de una entidad ajena al emisor de la tarjeta, según anunció la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. El banco propietario del terminal no podrá cobrar una comisión directamente al cliente, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta, que podrá repercutir o no esta tasa al usuario, de forma total o parcial.

La pantalla del cajero deberá informar al usuario del importe máximo que se podrá repercutir. La norma se publicará en el BOE y las entidades tienen de plazo hasta el 1 de enero de 2016 para adaptarse a esta nueva normativa. Fuentes del Ministerio de Economía explicaron que la comisión que cobra el banco dueño del terminal directamente al cliente por sacar dinero desaparecerá cuando la norma se publique en el BOE, previsiblemente hoy. De hecho, CaixaBank, la primera entidad en cobrar una tasa de dos euros desde hace medio año, anunció ayer que la suprimirá a partir de este sábado.

Las fuentes aclararon que se da de plazo hasta el próximo 1 de enero para cuestiones operativas, entre ellas, el establecimiento de la comisión que paga el emisor de la tarjeta al propietario del cajero y que deberán pactar o será impuesta por este último. El departamento que dirige Luis de Guindos recalcó que esta tasa será precisamente la comisión máxima. En el caso de que la retirada de efectivo sea a débito, la emisora de la tarjeta sólo podrá repercutir al cliente la comisión satisfecha al dueño del terminal, pero no podrá cobrar ninguna comisión o gasto adicional, según el ministro de Economía, Luis de Guindos, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Si la extracción de dinero es a crédito, el Gobierno contempla que la emisora de la tarjeta pueda cobrar un importe adicional a la tasa cobrada entre bancos, ligada a la concesión del crédito. Eso sí, esta cuantía no podrá superar al que la emisora cobra a sus clientes por sacar dinero en efectivo a crédito.