El Consell estima que deberá revisar 18.000 liquidaciones del impuesto de vivienda tras la sentencia del TSJ que anula la orden impulsada por la Generalitat en 2014 que regulaba el cálculo. Los técnicos de Hacienda apuntan que la decisión del TSJ de dar la razón a los afectados puede costar a las arcas públicas 45 millones de euros. La Conselleria de Hacienda decidirá la semana que viene si recurre ante el Tribunal Supremo la anulación de la orden. El sistema fue aplicado a 54.854 valencianos que adquirieron su vivienda en los últimos tres años.

El TSJ, como ayer informó Levante-EMV, ha declarado nulo y expulsado del ordenamiento jurídico la Orden 4/2014 que establece el cálculo de los valores catastrales porque la Generalitat no comprobaba el precio real de los inmuebles y aplicaba una estimación al alza. Uno de los afectados lamentó que adquirió una vivienda en Gandia por 50.000 euros y Hacienda se la valoró en 90.000 euros. Fuentes bancarias aseguraron que en la ciudad de Valencia las diferencias son mucho más altas por la caída del precio de la vivienda que Hacienda no tenía en cuenta.

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) defiende que los 54.854 afectados tienen derecho a la revisión porque no han prescrito las liquidaciones. Sin embargo, Hacienda insistió ayer en que solo revisará las 18.000 liquidaciones que han sido recurridas ante la Administración o en los tribunales. La conselleria va a enviar a peritos para comprobar el valor real de las viviendas como exige el Tribunal Superior de Justicia.

La Conselleria de Hacienda realizará una modificación inmediata del sistema utilizado hasta ahora para adaptarse al criterio judicial dejando de practicar nuevas liquidaciones por este sistema, de tal manera que ya no existirán unos valores de aplicación directa.

El cambio fundamental en la nueva orden de coeficientes radica en la determinación ahora de unos simples valores de referencia para el contribuyente, de manera que cuando el importe declarado al realizar este tipo de transmisiones no se adapte al de referencia de la Generalitat, la Administración remitirá la visita presencial del perito.

El pasado mes de octubre, el TSJ ya dictó otra sentencia en la que se rechazaba una liquidación individual practicada con el sistema de valoración a través de coeficientes de aplicación directa, frente a la que la Generalitat presentó un recurso ante el Tribunal Supremo. La nueva sentencia ha ido más lejos porque directamente ha anulado la orden.