La Audiencia de Valencia ha condenado a la exalcaldesa de La Pobla de Farnals Natividad García y el secretario del Ayuntamiento de Canet d'En Berenguer José Antonio Sancho a dos años de prisión por el delito de cohecho.

En una sentencia del pasado 21 de enero, la Audiencia condena también a estos acusados a una multa de 13 meses a razón de 20 euros diarios, e inhabilitación especial de empleo y cargo público en el caso de la exalcaldesa, ha informado el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

No obstante, estos dos acusados y un tercero quedan absueltos de los delitos de malversación de caudales públicos y falsedad de documentos mercantiles, y de prevaricación, y absuelve también a la Academia Valenciana de Juristas de cohecho.

Para el tercer acusado, Rafael Parra, la sentencia ordena la devolución de la cantidad de 3.200 euros en concepto de responsabilidad civil.

La exalcaldesa de la Pobla de Farnals llegó al poder en 2008 tras abandonar el PP y apoyar al PSPV en una moción de censura contra el entonces alcalde, José Manuel Peralta, lo cual fue condenado posteriormente por la Comisión de Seguimiento del Pacto Antitransfuguismo.

Las pruebas practicadas han acreditado que las prestaciones a favor de Natividad García responden a la intención de recompensar a la entonces alcaldesa por facilitar el mantenimiento del asesoramiento al Ayuntamiento de La Pobla por parte de la Academia Valenciana de Juristas que gestionaba y controlaba José Antonio Sancho, mediante gratificaciones dinerarias o favoreciéndola en su contratación remunerada por otras empresas bajo su control.

El delito de cohecho por el que se condena a la exalcaldesa castiga a la autoridad o funcionario que reciba o solicite "dádiva, favor o retribución" como recompensa para realizar un acto propio de su cargo en provecho propio o de un tercero.

Para el entonces secretario del Ayuntamiento de Canet, el delito de cohecho castiga al particular que ofrezca o entregue dádiva o retribución de cualquier clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo.

Según la sentencia, el Ministerio fiscal alega que los delitos se cometen al haber percibido y aceptado Natividad García las cantidades de 4.500 euros el 22 de mayo de 2009, 2.900 euros el 2 de febrero de 2011, y 1.200 euros el 15 de julio de ese mismo año.

Asimismo, relaciona estos hechos con una factura del 1 de abril de 2011 por 21.122 euros, y considera que estas cantidades fueron dadas como gratificación de la contratación alcanzada por las empresas de José Antonio Sancho y las remuneraciones obtenidas.

Contra la sentencia, que no es firme, se puede presentar recurso de casación.