Dos saguntinos de 30 y 35 años han sido condenados a 6 meses de cárcel cada uno por sendos robos cometidos una mañana de noviembre de hace casi 5 años en Jérica. Ambos, junto con otro «compinche» alicantino, fueron declarados culpables de un delito de hurto continuado por los mismos hechos: la apropiación sin el uso de la fuerza de diverso material relacionado con la construcción cuyo valor superaba ligeramente los 810 euros.

Concretamente cargaron en una furgoneta dos vigas metálicas, una canal metálica para redirigir hormigón en un camión cuba, una plataforma para la colocación de montacargas a un andamio y una parrilla metálica procedente de la parcela de una empresa, así como un cultivador-mula mecánico, tres planchas metálicas, seis guías metálicas para ventanas, cuatro cuchillas de rotovato, una rasqueta maciza metálica, una valla, una escalera caballete y tres tubos metálicos de una nave propiedad de un particular, según detalla la sentencia.

Con esa carga, los condenados no llegaron muy lejos, ya que en Novilches fueron interceptados por una patrulla de la Guardia Civil, que recuperó todo el material y se lo devolvió a sus propietarios.

Dilaciones indebidas

Esa detención abrió un proceso que, según reconocen las sentencias del juzgado de lo penal de Castelló y de la Audiencia Provincial, se ha dilatado en el tiempo por motivos no imputables a los condenados, al no dictarse la sentencia de primera instancia hasta marzo de este año, mientras que la desestimación del recurso se emitió el pasado verano. Así, las penas se han visto atenuadas por las dilaciones indebidas.

En este último procedimiento, el único recurrente era el alicantino, al que la pena impuesta ascendió a 8 meses de prisión. El motivo de su alegación, que no prosperó y ya se explicaba en el primer fallo, fue la condena superior con respecto a los otros dos compinches. Y es que los tribunales castigaron así su «injustificada» incomparecencia en el juicio oral, ya que su presencia, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Castelló, y «atendiendo al reconocimiento de hechos de los demás acusados, posiblemente habría permitido un acuerdo de conformidad del que se han visto privados por su injustificada ausencia».

En cualquier caso, ninguno de los tres tendrá que ingresar en prisión por estos hechos, ya que los dos saguntinos no tenían antecedentes, y el alicantino los tenía pero no eran computables.