Si un día antes del famoso caloret alguien nos hubiera contado la situación actual de Rita Barberá, seguramente nos habríamos puesto a reír de incredulidad. Echando la mirada hacia atrás, no cabe duda de que la exalcaldesa se equivocó al no dejar todas sus responsabilidades después de haber perdido la mayoría absoluta. Desgraciadamente no fue capaz de darse cuenta cuándo llegó el momento de retirarse dignamente de la vida pública, lo que le hubiera permitido evitar el escarnio al que está siendo sometida.

Abierta por el Supremo la causa contra ella por presunto blanqueo, mucho se ha hablado sobre la posibilidad de revocar su nombramiento. Para desentrañar esta cuestión, es necesario repasar la literalidad de la normativa nacional y autonómica valenciana, donde inicialmente parece muy complicado que Barberá pudiera ser apartada de su cargo, ni aun produciéndose unas terceras elecciones. Sin embargo, para aquellos que nos dedicamos al Derecho se nos plantean diversas incógnitas. Así, acudiendo a la doctrina del Tribunal Constitucional, debemos tener claro que la elección de senadores por las comunidades autónomas es un régimen electoral especial. Por ello, la Constitución emplea la expresión «designación» para referirse a su distinto procedimiento de elección, permitiendo que los parlamentos autonómicos establezcan razonables diferenciaciones en su régimen jurídico, incluso la posibilidad de la pérdida de su condición por supuestos concretos.

Desde mi punto de vista, sería perfectamente legal la revocación de su nombramiento si el parlamento valenciano hubiera hecho sus deberes, recogiendo reglamentariamente esta posibilidad, como tienen regulado diferentes autonomías en otros ámbitos. Partiendo de esa premisa, lo que tampoco resulta razonable es que nuestros representantes políticos se queden en la mera retórica sin dar más solución. Aunque sea con una interpretación extensiva, corresponde a Les Corts iniciar los trámites para interesar su revocación en el Senado, fundando la decisión en la pérdida de confianza; el hecho de que su paso al grupo mixto rompe con la proporcionalidad exigida constitucionalmente; y la modificación grave de los elementos de convicción que justificaron su designación. Aunque las posibilidades sean mínimas, hay que intentarlo, ya que se trata de restaurar la imagen y dignidad de Valencia.