Un salón de bodas de Sevilla ha sido condenado a pagar 2.869 euros a la madrina de una boda que se rompió un hueso al caerse porque las baldosas estaban sueltas, en una sentencia que rechaza el argumento de que la caída se debió a que la mujer carecía de habilidad en el uso de tacones.

La Sección Octava de la Audiencia considera demostrado que el salón de bodas tenía un suelo irregular, con baldosas sueltas y llagas entre las mismas, y que entre sus obligaciones estaba la de "cuidar que la zona por donde deambulaban los participantes en la boda no tuviera peligro alguno".

El salón de bodas alegó que la demandante se cayó por su falta de experiencia en el uso de tacones altos y que, prueba de que el suelo estaba en buenas condiciones, es que ningún otro asistente tuvo ningún percance.

La Audiencia, sin embargo, responde que en este tipo de acontecimientos se suelen llevar zapatos de tacón alto y que no se puede exigir al usuario "estar atento a sortear las irregularidades del terreno donde pisa, como si del campo se tratara".