El juzgado de lo Penal número 17 de Valencia, con sede en Paterna, ha condenado a una madre a una pena de diez años de cárcel por causarle quemaduras en los pies a su bebé, de apenas cinco meses, tras introducirlo en un barreño con salfumán, así como por otro delito de lesiones agravadas, después de que el menor fuera hospitalizado con varias fracturas óseas producidas durante distintos episodios violentos. Además, la jueza ha impuesto también una pena de cinco años de prisión al otro acusado, ex compañero sentimental de la mujer, como autor de las lesiones agravadas destapadas en agosto de 2014.

Durante el juicio celebrado a principios de mayo en Paterna, del que informó en exclusiva Levante-EMV, ambos acusados negaron haber golpeado o zarandeado al menor y se incriminaron mutuamente sobre el episodio del barreño así como por los malos tratos. No obstante, insistieron en que nunca habían presenciado directamente que el otro agrediera al pequeño y aseguraron que desconocían por completo las lesiones que presentaba éste y por eso no lo habían llevado al médico.

La sentencia por contra remarca que «es absurdo e ilógico mantener que ninguna de las dos personas encargadas del cuidado del menor se percataran de que éste tenía lesiones, y además reiteradas en el tiempo». De hecho ambos explicaron en el juicio que bañaban al bebé y por lo tanto en ese momento -es de suponer que lo bañaban desnudo- las lesiones quedarían al descubierto.

Se acusaron mutuamente

Además, la jueza remarca que «ninguno de ellos ha ofrecido una explicación razonable o mínimamente verosímil de la causa de las múltiples lesiones que presentaba el menor, limitándose a negar su respectiva participación y apuntando al otro acusado como responsable». Asimismo, cuando la madre llevó al menor al hospital no le dijo a los médicos que éste tuviera quemaduras en los pies ni la lesión del brazo, y solo les manifestó que tenía fiebre.

De igual modo, los médicos que atendieron al pequeño aseguraron durante el juicio que la acusada les reconoció en el hospital que había bañado al bebé en un barreño con salfumán porque se había confundido. No obstante, los expertos explicaron que las quemaduras que presentaba en la planta de ambos pies «no parecían haberse producido por contacto con un líquido, sino por presión con un elemento caliente y que, al no caminar el bebé, éste no habría podido pisar ninguna superficie incandescente por causalidad, necesitando que algo presionara los dos pies para producirse semejantes quemaduras». Incluso les llamó la atención que durante las curas el bebé no llorara en ningún momento. «No reaccionaba al dolor, se había acostumbrado a él», refleja la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat.

Por todo ello se condena a la madre del pequeño a dos penas de cinco años de prisión cada una por sendos delitos de lesiones agravadas, con las agravantes de alevosía y parentesco, así como la retirada de la patria potestad. A su compañero solo se le condena a cuatro años por uno de los delitos.