La Audiencia de Las Palmas ha condenado a cinco años de cárcel por agredir sexualmente a un menor en 2012 a Antonio Ojeda Bordón, "El Rubio", el principal sospechoso de la desaparición del niño Yéremi Vargas, ocurrida en Vecindario (Gran Canaria) cinco años antes, en marzo de 2007.

El tribunal considera probado que, el 12 de julio de 2012, Ojeda Bordón abordó a un niño que estaba jugando solo en una calle de El Doctoral (una localidad colindante con Vecindario), le engañó para que le acompañase a su chabola con la promesa de que le iba a regalar una bicicleta y, una vez allí, lo agredió sexualmente.

"El Rubio" está imputado desde este año en la posible muerte (sobre él pesan cargos de detención ilegal y homicidio) de Yéremi Vargas, después que la Guardia Civil haya reunido pruebas que le señalan como principal sospechoso de la desaparición del niño de Vecindario, un caso sin resolver desde hace nueve años.

El pasado mes de julio, la Guardia Civil presentó al juzgado que lleva el "caso Yéremi" a Ojeda Bordón como posible autor de la desaparición del menor, tras comprobar que en la cárcel de Algeciras (Cádiz) donde había estado en reclusión preventiva a la espera del juicio por el ahora acaba de ser condenado había alardeado ante otros presos de saber qué le pasó al niño de Vecindario.

"El Rubio" era, además, el propietario en 2007 del coche blanco que se vio en el lugar donde se perdió de vista al pequeño Vargas, según ha comprobado el equipo de la Guardia Civil que desde hace nueve años busca al menor y que sospecha que pudo ocurrirle algo parecido a lo que le pasó más tarde al niño de El Doctoral (Yéremi también estaba jugando en la calle cuando fue visto por última vez).

Contradicciones del menor

En la sentencia, hecha pública hoy, el tribunal acepta casi por completo el relato incriminatorio para el acusado que el niño de El Doctoral ha hecho desde hace años, porque, aunque cometa algunas contradicciones, ha sido persistente en los detalles básicos.

"¿Qué beneficio obtiene el menor al acusar de los hechos a una persona a la que no conoce de nada?, evidentemente ninguno. Del mismo modo que no podemos obviar que desde el momento en que narró los hechos identificó sin duda alguna la vivienda en la que habían sucedido. Tampoco podemos pasar por alto que en el momento en el que fue a identificar la vivienda con los 'chicos del parque', se cruzó con el procesado, de quien se intentó esconder dando sensación de miedo", razona el magistrado ponente, Carlos Vielba.

La Audiencia relaciona además las contradicciones en las que pudo incurrir al principio el chico con su ambiente de procedencia, "una familia disfuncional" que recibe asistencia de los servicios sociales (en la actualidad, el niño y sus hermanos están en régimen de acogimiento) y en la que la madre ha sido víctima de violencia machista "e, incluso, según parece, ha sido obligada a realizar prácticas sexuales en presencia del propio menor".

"Nos encontramos ante una familia en la que el menor el día de los hechos no acude a comer y no llega hasta la noche, sin que se muestre alarma alguna", resalta la Audiencia de Las Palmas, antes de precisar que describe su situación sin ánimo de reprocharles nada a sus parientes sobre lo ocurrido, "pues autor solo hay uno, sino de resaltar las circunstancias que rodean la vida del menor para explicar estas iniciales contradicciones".

Del relato del niño, la sala no acepta que la agresión sexual que sufrió terminara en penetración anal, porque no se encontraron en su cuerpo vestigios físicos que avalaran ese extremo.

La Fiscalía había solicitado en este juicio trece años de cárcel para "El Rubio", al imputarle una violación a un menor con penetración. Al no haberse probado esta última, el tribunal se queda solo con los cargos de agresión sexual violenta a un menor y opta por imponer a El Rubio la pena mínima correspondiente a ese delito (castigado de cinco a diez años), dado que no tiene antecedentes.

La sentencia condena además Antonio Ojeda Bordón a indemnizar a su víctima con 20.000 euros y le prohíbe acercarse al chico, a su residencia o a su lugar de trabajo durante seis años.