Una asociación de militares, Guardias Civiles y policias nacionales, incluidos decenas de funcionarios procedentes de la Comunitat Valenciana acaba de recusar a un juez andorrano del Tribunal Internacional de Derechos Humanos (TEDH) después de que rechazara una reclamación exigiendo que sus pensiones -son agentes jubilados por heridas sufridas en actos de servicio-se equiparen a las de los heridos en actos terroristas.

Según explicó uno de los afectados, la reclamación de este colectivo„unos 300 en toda España„ ha llegado al TEDH después de pasar por todas las instancias judiciales españolas sin que se reconozca «la injusticia» que a su juicio se cometió hace ya 33 años, cuando comenzó a aplicarse a estos agentes y militares heridos en acto de servicio limitaciones al cobro de la pensión máxima y la aplicación de retenciones sobre sus nóminas.

Hasta 1987, un agente o militar herido «en acto de servicio» y posteriormente jubilado por sus heridas tenía derecho a recibir una paga duplicada, sin el límite máximo y sin retenciones.

A partir de ese año, el Gobierno aprobó «provisionalmente» aplicar estas ventajas únicamente a los heridos en actos terroristas, excluyendo al resto de funcionarios de los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.

La recusación, según explica Manuel Molés, un guardia civil de Tráfico valenciano que perdió la movilidad en una pierna tras un accidente, el juez del TEDH Pere Pastor Vilanova, propuesto por Andorra, rechazó admitir a trámite la demanda en apenas dos líneas, «sin argumentos».

El abogado que representa a estos funcionarios, Fernando Osuna, asegura que en el TEDH no es «legal» que el juez de un Estado trate o resuelva materias o litigios en los que intervenga ese estado». «Aunque el juez no haya sido propuesto por España -se explica en la demanda- es conocida la relación de Andorra con el Español y su dependencia administrativa en muchas cuestiones».