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Anulan un contrato bancario por tener la letra pequeña

La Audiencia de Castelló señala que la letra era tan minúscula que era necesario recurrir a una lupa para leerla

La Audiencia Provincial de Castelló ha anulado una cláusula de un contrato bancario por el tamaño de la letra, tan pequeña que se requiere una lupa para su lectura, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Así consta en un auto dictado por la Sección Tercera, que admite a trámite la demanda del banco contra un cliente por el impago de las cuotas de la tarjeta de crédito de la que es titular.

En esa misma resolución, la Sala limita las pretensiones de la entidad financiera al permitirse reclamar sólo el principal de la deuda (4.600 euros) pero no así los intereses (766 euros), ya que anula la cláusula que los fija porque la tipografía en que está redactada es tan reducida que para su lectura no basta con el uso de unas gafas sino que se necesita una lupa. Según el auto, «la cláusula general del contrato que fija el interés remuneratorio no supera el necesario control de transparencia», dice la sentencia.

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