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Mayor despropósito es difícil de emular. El Consell de Camps, reunido en pleno, tomó el 26 de diciembre de 2008 (segundo día de Navidad) dos acuerdos contradictorios sobre lo que había que pagar a las constructoras que pidieron salir de la empresa mixta auspiciada en 2005 por el entonces conseller de Territorio, Rafael Blasco.

Tal como revela el Síndic en su última auditoría de 2008, el Ivvsa le facilitó dos acuerdos de pleno del Consell que, en su condición de Junta General de accionistas de Cabanyal 2010, debía dar la autorización a la compra de las acciones a los promotores. Lo que no se sabe si los dos acuerdos se adoptaron en la misma reunión o en momentos diferentes. En un acuerdo, se autoriza la compra "sin realizar referencia alguna al precio que el instituto debía pagar por esta operación y autorizando al presidente del consejo de administración a realizar los actos necesarios para ejecutar la autorización, a pesar de que la escritura de compraventa se había formalizado con anterioridad", el 30 de julio de 2008.

En la otra certificación, el Consell había aprobado, de conformidad con la ley de Patrimonio de la Generalitat, que la operación se realizara "por un precio que no superara el valor teórico". Como la firma había registrado pérdidas todos los años, las constructoras habrían cobrado menos de la inversión que pusieron al principio. Pero eso habría sido aplicar al caso las leyes de mercado. El Ivvsa, resalta el Síndic, "no ha facilitado información o documento alguno que justifique la existencia de dos acuerdos del Consell de contenido tan dispar".

El Ejecutivo aplicó el primero de los acuerdos. Asustado por la fiscalización, el Ivvsa presentó al Síndic, en alegaciones, un tercer acuerdo del Consell, de 29 de noviembre pasado, que "dejaba sin efecto el punto tercero" del segundo de los acuerdos citados "por no resultarle de aplicación" el artículo 53 de la ley de Patrimonio. Una especie de muerto el perro se acabó la rabia en términos jurídicos.