El Tribunal Constitucional ha suspendido la aplicación de la ley de Uniones de Hecho impulsada por el Consell tras admitir a trámite el recurso que presentó el Gobierno contra la norma foral. El Estado no reconoce la capacidad de la Generalitat Valenciana de legislar con el derecho foral. El Gobierno de Mariano Rajoy cuestionó en febrero la ley aprobada por el Consell hace un año porque se ampara «en un derecho foral que no existe». El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ya recurrió ante el Constitucional la ley que regula el Régimen Económico Matrimonial y la de Custodia Compartida. El conseller de Gobernación y Justicia, Serafín Castellano, aseguró ayer por la tarde que la Generalitat presentará alegaciones ante el Tribunal Constitucional a la Ley de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana «porque tenemos la competencia de legislar en Derecho Civil».

El Constitucional ha dado quince días de plazo a la Generalitat para que formule las alegaciones que considere pertinentes. La admisión a trámite del recurso del Gobierno implica «la suspensión automática» durante cinco meses. Pasado ese plazo, el tribunal debe ratificar la suspensión o levantarla.

El Gobierno considera que la ley de Uniones de Hecho está amparada «en un derecho foral que no existe y regula una situación legal que excede el ámbito valenciano». El Ejecutivo sostiene que la norma regula instituciones que carecen de antecedentes en el ámbito de la legislación foral de la Comunitat Valenciana y, por tanto, vulnera las competencias del Estado sobre normativa civil.

La Constitución Española, en su artículo 149.1.8ª, reserva al Estado la competencia exclusiva sobre legislación civil, «sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, donde existan».

La Generalitat sostiene que el Estatut que entró en vigor en 2006 le reconoce la competencia para recuperar los fueros abolidos en 1701. Sin embargo, el Gobierno mantiene que esta potestad debe ejercerse necesariamente como expresamente declara el Estatut, «al amparo de la Constitución Española».

El conseller de Gobernación y Justicia señaló que desde el Consell respetan la decisión y, tal como nos insta el propio tribunal, presentarán «en tiempo y forma las alegaciones en defensa de nuestras competencias y siempre desde la lealtad, al igual que ya hicimos con otras leyes como la de Custodia Compartida o la Ley de Régimen Económico Matrimonial».

Serafín Castellano indicó también que la providencia del Constitucional de suspender la ley valenciana de parejas de hecho todavía no ha llegado a la Conselleria de Gobernación y Justicia y que el recurso que se planteará una de las alegaciones será el que no se invaden competencias del Estado.

El Gobierno de Zapatero recurrió contra la ley de Régimen Económico Matrimonial en diciembre de 2007. La respuesta del Consell no se hizo esperar. La Generalitat señaló que tras la decisión del Ejecutivo socialista se escondían «motivos políticos y no jurídicos». «En otras comunidades autónomas sí se puede tener ese régimen matrimonial: ¿por qué en esta no se puede?», se preguntó el entonces vicepresident Vicente Rambla. El ejecutivo recurrió en 2011 la ley de custodia compartida.