La Generalitat Valenciana ha dado un nuevo paso para incentivar la celebración de festejos taurinos al facilitar la obtención de permisos, que pasan de 11 a 4, y eliminar el certificado de «tradicionalidad» que acreditaba la pervivencia de espectáculos en la localidad solicitante.

El pleno del Consell aprobó en su reunión de ayer el proyecto de Decreto del Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales de la Comunitat Valenciana (bous al carrer).

La nueva normativa refunde los dos decretos que hasta ahora regulaban «els bous al carrer» en la Comunitat.

El reglamento establece una definición de festejo taurino tradicional más abierta que la vigente anteriormente ya que considera «bous al carrer» todas las modalidades acreditadas en la Comunitat y reconoce «la tradicionalidad universal» de la fiestas, según explicó la consellera portavoz Mª José Catalá.

En este sentido, establece que cualquier municipio podrá realizar festejos taurinos independientemente de que haya o no antecedentes de realizarlos, ya que se elimina el certificado de tradicionalidad.

«De esta manera, con el nuevo reglamento el Ayuntamiento cobra especial relevancia ya que serán los consistorios los que determinen si están de acuerdo o no con la celebración del festejo», aseguró Catalá.

La novedad más relevante es la que hace referencia al procedimiento de autorización de los festejos y a la presentación de la documentación. Con la nueva normativa, los trámites para la celebración de festejos taurinos serán «más sencillos y menos burocráticos», según la consellera portavoz.

Para solicitar la celebración de un festejo antes había que presentar 11 documentos a la Conselleria y ahora solo serán necesarios cuatro: los que acreditan que se dispone de seguro, certificado de barreras, certificado médico y, en caso de instalación de plazas de toros portátiles, presentar también el contrato con el profesional taurino.

Junto a esta documentación habrá que entregar en conselleria una declaración jurada de que se cuenta con el resto de documentación exigida y se declarará que la documentación está a disposición del director del festejo y de la autoridad competente.

Con la reducción de trámites, el director del festejo asume mayor responsabilidad y está obligado a requerir la documentación al organizador antes del inicio del festejo ya que su incumplimiento supondría la suspensión del evento.