«Solo sí es sí» y todo lo demás es constitutivo de un delito contra la libertad e indemnidad sexual, como ya viene recogido en el Código Penal, aunque el polémico anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, impulsado por el Ministerio de Igualdad, lo presente como toda una novedad. Por ello, la Fiscalía solicita diez años de prisión para un joven acusado de violar a una menor de 17 años tras coincidir con ella en una discomóvil de una localidad l'Horta Nord y llevarla a un descampado próximo, aprovechando que la víctima estaba ebria, para, una vez allí, agredirla analmente contra una furgoneta y forzarla a hacerle una felación. Asimismo, un segundo agresor que acudió al lugar posteriormente y realizó tocamientos a la adolescente a la vez que le exigía que le hiciera «lo mismo que a su amigo», se enfrenta a 4 años de cárcel.

En ambos casos, con el actual Código Penal en la mano, el Ministerio Fiscal califica los hechos como constitutivos de sendos delitos de agresión sexual, uno continuado -ya que se producen varios accesos carnales- y el segundo en grado de tentativa. Por su parte, las defensas de ambos acusados piden la libre absolución, al considerar en uno de los casos que las relaciones sexuales fueron consentidas por la menor -mayor de 16 años- y en el otro que ni siquiera hubo contacto sexual alguno con la chica.

El juicio por estos hechos, ocurridos en la madrugada del 5 de septiembre de 2018, se celebró el pasado viernes en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de València. Antes de comenzar la vista oral los procesados habían depositado las cantidades solicitadas en concepto de responsabilidad civil -4.000 y 3.000 euros- en busca de la circunstancia atenuante de reparación del daño y de una posible conformidad para eludir el ingreso en prisión, a la que finalmente se opuso el Ministerio Fiscal,.

El principal acusado, que se enfrenta a diez años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual, aseguró que fue la chica, a la que había conocido durante los 'bous al carrer' de esa misma localidad de l'Horta, quien le dijo de ir a dar una vuelta. «Sé lo que quieres, pero tengo la regla», le dijo la joven, según la versión del procesado. No obstante, la víctima aclaró que su agresor supo dicha información personal cuando ella trató de coger el teléfono móvil de la riñonera y se le cayeron los tampones al suelo. De hecho, el acusado incurrió en contradicciones con su primera declaración, donde dijo que intentaron el sexo anal porque ella llevaba un tampón

El acusado negó que durante el rato que estuvo con ella ésta se pusiera a llorar o le pidiera que parara y atribuye la denuncia de la chica «porque tenía miedo a la reacción de su novio si se enteraba».

Por su parte, el otro acusado, quien no quiso responder a las preguntas de la acusación particular, también trató de insistir en este aspecto, al remarcar que cuando llegó al descampado, a unos diez minutos de distancia de la discomóvil en la que estaban con un grupo de amigos, la víctima estaba de rodillas semidesnuda y que, según él, se estaba riendo y comenzó a insultar a su novio, cosa que nunca antes había declarado el procesado.

La definición de violación

La víctima, que tenía 17 años y que se encontraba afectada por el alcohol, reconoce que no se defendió, ni gritó porque «me quedé bloqueada». Algo que se da en muchos casos y más cuando se trata de víctimas tan jóvenes. Según relató en el juicio, detrás de un biombo y visiblemente afectada al recordar lo ocurrido, su agresor la sujetó de espaldas contra la furgoneta.

Serán los magistrados quienes tendrán que determinar si hubo consentimiento o no y si medió violencia u intimidación (agresión sexual). Aunque no consideraran que hubo violencia, se trataría de un abuso sexual con acceso carnal, que como ya viene utilizando este periódico y recoge la RAE, es una violación. Precisamente esta sí sería una de las novedades que aporta la nueva ley, en la que toda penetración sin consentimiento será considerada una violación.